<

TSJM anula la prohibición de las estufas de gas en terrazas de Madrid

TSJM establece que, al no haber un estudio que lo justifique, no es posible prohibir el uso de estufas de gas en terrazas de Madrid.

Publicat: 21 de desembre de 2023

Al no haber un estudio preceptivo, el ayuntamiento no puede prohibir las estufas de gas en terrazas.

Una ordenanza que prohibía la utilización de estufas de gas en terrazas de los establecimientos de Madrid. Sin embargo, la prohibición no se encontraba justificada por motivos de contaminación, no se había realizado estudio alguno que demostrara un efecto más perjudicial que las eléctricas. No hay estudios que prueben el impacto ambiental y la emisión de gases de efecto invernadero.

Fue la Federación Española de Asociaciones y de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo quien presentó el recurso contencioso-administrativo. En el mismo se expone, además, la falta de previsión de alternativas y ponderación de los intereses. 

La Administración debe justificar las medidas adoptadas

El artículo 129.1 de la Ley 39/2015 se establece que:

«En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. En la exposición de motivos o en el preámbulo, según se trate, respectivamente, de anteproyectos de ley o de proyectos de reglamento, quedará suficientemente justificada, su adecuación a dichos principios».

Por lo tanto, deberá justificar la finalidad y el contenido de sus disposiciones. La sentencia establece que el expediente no contiene estudio alguno sobre la superación de los límites de dióxido de carbono.

El ayuntamiento justificó su decisión en la retirada de todo aquello que aumente la contaminación atmosférica, pero no especifica el impacto real de las estufas ni ningún estudio que lo demuestre.

La ponderación de intereses y ventajas

El TSJM recuerda lo dispuesto en los textos internacionales, en los que se exige la ponderación de intereses a la hora de realizar prohibiciones en defensa del medio ambiente. En el caso, afecta a la federación recurrente, sin clarificar ni justificar la prohibición debidamente.

La sentencia reconoce la amplia potestad del Ayuntamiento para establecer el régimen jurídico de los elementos que se pueden autorizar para la vía pública. No obstante, recuerda que siempre debe respetar las exigencias de justificación y los principios de buena regulación contemplados por ley.

La sentencia aún no es firme, cabe recurso de casación contra la misma.

 

Fuente: CGPJ

 

Otras noticias de interés:

Custodia completa | El Tribunal Supremo desestima el desestima el recurso de casación presentado por una mujer

Últimes entrades publicades

Fraude en operaciones de compraventa

Fraude en operaciones de compraventa | Tres años y medio

by | abr. 21, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó en todos sus extremos la sentencia dictada por el órgano de primera instancia. Se ratificó así la pena de prisión y la condena a indemnizar a las empresas perjudicadas

Derecho a los días adicionales por antigüedad

Derecho a los días adicionales por antigüedad en la jubilación

by | abr. 21, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal considera que los jubilados parciales deben tener el mismo acceso a los días adicionales por antigüedad que cualquier otro empleado que trabaje a tiempo parcial, incluyendo a los relevistas.

documentos notariales

Nuevos documentos notariales electrónicos timbrados

by | abr. 21, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Nueva Orden en la que se introducen actualizaciones en documentos notariales electrónicos y en materia tributaria.

abono de guardias

El TSJ de Murcia desestima la reclamación de una doctora por el abono de guardias durante su baja médica

by | abr. 21, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Rechazo del recurso presentado por la facultativa por el abono de las guardias. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha rechazado el recurso...

bajas automáticas de IVA

El TJUE limita las bajas automáticas de IVA

by | abr. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Sobre las bajas automáticas de IVA en la normativa búlgara según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

convenios de empresa frente a los sectoriales

Límites del convenio de empresa frente a los sectoriales

by | abr. 17, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Asimismo, frente a la discusión sobre la forma del llamamiento, el Tribunal Supremo aclara que los medios electrónicos como WhatsApp, correo electrónico o mensajes de texto pueden considerarse válidos