T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 261/2024
Fecha de sentencia: 16/02/2024
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 8674/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 13/02/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández
Procedencia: T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 8674/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José Golderos Cebrián
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 261/2024
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 16 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 8674/2022, interpuesto por la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES, representada y dirigida por el Letrado de sus servicios jurídicos, contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicias de las Islas Baleares, de fecha 4 de octubre de 2022, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 595/2020, en el que se impugna la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional en Illes Balears de fecha 12 de junio de 2020, por la que se acuerda desestimar la reclamación económico-administrativa n.º NUM000, interpuesta contra el Acuerdo de liquidación provisional por Impuesto de Sucesiones dictado por el Administrador Tributario de la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) en fecha 7 de septiembre de 2017 con número de identificación del documento NUM001 derivado del Expediente NUM002 y con deuda a ingresar por importe de 8.794,44€, y la referida liquidación por el Impuesto de Sucesiones.
Se han personado en este recurso como partes recurridas, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, con la representación que le es propia y don Jon, representado por la procuradora de los tribunales doña María Isabel Juan Danús, bajo la dirección letrada de don Alejandro Campo Zafra.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández.
PRIMERO. Resolución recurrida en casación.
En el recurso contencioso-administrativo núm. 595/2020 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicias de las Islas Baleares, con fecha 4 de octubre de 2022, dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
" FALLAMOS:
PRIMERO: ESTIMAMOS el recurso contencioso.
SEGUNDO: ANULAMOS el acto administrativo impugnado por ser disconforme a la legalidad del ordenamiento jurídico.
TERCERO: CONDENAMOS a la Administración tributaria autonómica a que proceda a la devolución de la suma abonada por el recurrente como consecuencia de la liquidación anulada, con más los intereses legales devengados, desde la fecha de su efectivo pago.
CUARTO: Sin costas".
SEGUNDO. Preparación del recurso de casación.
Contra dicha sentencia preparo la representación procesal de la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES recurso de casación que por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares tuvo por preparado mediante Auto de 29 de noviembre de 2022, que, al tiempo, ordeno remitir las actuaciones al Tribunal Supremo, previo emplazamiento a las partes.
TERCERO. Admisión del recurso.
Recibidas las actuaciones y personadas las partes, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con fecha 17 de mayo de 2023, dictó Auto precisando que:
"[...] 2º) Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:
2.1. Determinar cuál sea la normativa tributaria aplicable en . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma