Art. 20.Uno.23º a) LIVA. Remisión a la doctrina de la Sala: el arrendamiento del aprovechamiento cinegético de terreno no está incluido en la referida exención. Estimación. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 889/2024 – Num. Proc.: 8929/2022 – Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO (TOL10.032.831)

juny 21, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 889/2024

Fecha de sentencia: 23/05/2024

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 8929/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 07/05/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero

Procedencia: T.S.J.CASTILLA-LEON SALA CON/AD S-2

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 8929/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 889/2024

Excma. Sra. y Excmos. Sres.

D. José Antonio Montero Fernández, presidente

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

En Madrid, a 23 de mayo de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 8929/2022, promovido por la Administración General del Estado, cuya postulación y defensa ostenta la Abogacía del Estado, contra la sentencia núm. 226/2022, de 28 de octubre, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el recurso núm. 134/2022.

No se ha personado la parte recurrida, el Club deportivo de cazadores y pescadores San Saturio, emplazada en forma.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero.

PRIMERO.- El presente recurso de casación se interpuso por la Administración General del Estado contra la sentencia núm. 226/2022, de 28 de octubre, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, estimatoria del recurso núm. 134/2022 promovido por el Club deportivo de cazadores y pescadores San Saturio frente a la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, que desestimó la reclamación económico-administrativa núm. 42/00100/2021 instada contra la resolución del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Delegación Territorial de Soria de la Junta de Castilla y León, del acto de repercusión del IVA en la liquidación de 3 de noviembre de 2020, por un importe total a ingresar de 2.796,15 euros.

SEGUNDO.- La Sala de instancia estimó el recurso contencioso-administrativo con sustento en el siguiente razonamiento:

"TERCERO. Sobre la normativa aplicable al IVA y la exención prevista en el artículo 20. Uno. Número 23 de la Ley 37/1992, del IVA de la Ley del Impuesto. Precedentes de esta Sala sobre la cuestión.

[...]

Cuestión similar a la que ahora nos ocupa, ha sido objeto de pronunciamiento por esta Sala en la sentencia Nº 108/2020, recurso 192/2019, la sentencia 18/2021 en el recurso 47/2020, la sentencia 116/2021, así como en la reciente sentencia dictada en el recurso 84/2022 con fecha 14 de octubre de 2022, cuyos pronunciamientos, atendido el principio de unidad de doctrina, manifestación a su vez de los de seguridad jurídica e igualdad ( art. 9.3 y 14 de la Constitución), procede reiterar en el presente supuesto en todo lo que resulte de aplicación, al no concurrir ninguna razón jurídica que obligue a resolver de diferente forma a como se ha concluido en la referida sentencia.

Como ha señalado esta Sala en la sentencia referida, sobre la exención o no del IVA del arrendamiento de un aprovechamiento cinegético o coto de caza:

"[...]

Consecuentemente, tanto en la primitiva regulación del IVA, como en la actualmente vigente, estaban exentos del pago del impuesto los arrendamientos de terrenos de fincas rústicas, independientemente del cual sea el aprovechamiento que de ellas pretenda obtenerse . . .

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