Resolución de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. en el marco de los procedimientos sancionadores que instruya, adoptando medidas provisionales en los términos establecidos en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (TOL9.684.517)
Artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE (A.A.I.)
Número de expediente: …
Fecha: …
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se procede a adoptar medidas provisionales en los términos establecidos en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. – En fecha … se inicia procedimiento sancionador contra la entidad …
SEGUNDO. – Durante el transcurso de la instrucción, procede la adopción de medidas provisionales relativas a la protección del informante en los términos del artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción en relación con el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RESUELVO
PRIMERO. – Acordar la adopción de medidas provisionales referidas a las medidas de protección al informante.
SEGUNDO. – Notificar la presente resolución a los interesados.
TERCERO. – Informar que, en base a lo dispuesto en el artículo 50.2º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, contra la presente resolución puede interponerse re- curso de alzada en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución.
Fecha y Firma.
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