La misión fundamental de la Agencia Tributaria es promover y asegurar la correcta aplicación del sistema tributario. Para cumplir con este cometido, la Agencia debe llevar a cabo una serie de acciones que garantizan y facilitan el pago de deudas tributarias, así como la ejecución de procedimientos de cobro, tanto para las deudas de naturaleza tributaria como para otras deudas cuya gestión ha sido encomendada a la Agencia Tributaria.
El volumen de deuda bajo gestión recaudatoria de la Agencia Tributaria pasa por diversas fases que influyen en la capacidad de su Departamento de Recaudación para abordarlas. Estas fases van desde la posibilidad absoluta de gestionarlas sin más limitaciones que las que el ordenamiento jurídico impone, a deudas cuya gestión está imitada o condicionada por factores internos y externos que restringen la actividad recaudatoria en diferentes grados.
Tradicionalmente, se distingue entre deuda "gestionable" y deuda "no gestionable", dependiendo de las posibilidades que el área de Recaudación puede desplegar para hacer efectivos los créditos. Estas circunstancias provienen en determinadas ocasiones del tipo de deuda y su situación (como deudas pendientes en el período voluntario o deudas suspendidas debido a recursos, entre otros). Otras veces derivan de la propia situación patrimonial o financiera del deudor (por ejemplo, deudores declarados fallido, deudores involucrados en proceso concursal y otras circunstancias), lo que afecta a la capacidad de gestión de las deudas.
Las situaciones que limitan la gestión recaudatoria no impiden que la Agencia Tributaria realice otras actuaciones. Estas situaciones se someten a seguimiento, apoyándose en las herramientas informáticas adecuadas que permiten detectar los cambios en sus circunstancias y así evitar los riesgos que puedan derivarse por desconocimiento de estos cambios, o debido al transcurso del tiempo, como pueden ser una gestión más lenta o incluso la prescripción de las deudas.
A continuación, se presenta un cuadro que muestra la evolución de la deuda total pendiente con la Agencia Tributaria desde 2015 hasta 2022, en millones de euros.
A finales de 2022, la deuda pendiente ascendió a 40.421 millones de euros, manteniéndose en línea con los niveles del año anterior y siendo casi un 18% inferior al importe registrado en 2015. Sin embargo, es importante destacar que la evolución de la deuda pendiente total no siempre refleja necesariamente un mejor desempeño de la actividad de la Agencia Tributaria, ya que puede verse afectada por circunstancias ajenas a su control.
Por esta razón, se considera fundamental que el quinto indicador previsto en el Plan Estratégico se centre en la deuda "gestionable", sobre la cual la capacidad de actuación es plena. El objetivo es concluir la gestión de toda la deuda gestionable en el menor plazo posible, sin dejar de revisar la situación de la deuda con gestión limitada con la misma finalidad. El índice se calcula relacionando el importe de la deuda gestionada con respecto a la deuda gestionable en período ejecutivo. Según el Plan Estratégico, este índice debe ser igual o superior a 0,9. Por tanto, se busca gestionar al menos el 90% de la deuda gestionable en cada año.
A pesar de su utilidad para el seguimiento anual, e incluso para períodos más cortos, como indicador estratégico que es, su examen se debe enfocar en el largo plazo para obtener conclusiones más significativas, ya que permitirá determinar la tendencia hacia dónde se encamina la gestión recaudatoria de deudas, por comparación con años anteriores.
En resumen, la deuda gestionada en ejecutiva ascendió a 30.993 millones de euros, lo que significa que en el año 2022 se gestionó el 92% de la deuda gestionable neta en ejecutiva que se situó en 33.677 millones de euros. Esto demuestra una correcta gestión recaudatoria de la deuda en el ejercicio 2022.
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