TS Sala 3ª; 01-02-2024. Los recurrentes solicitan la anulación de la resolución recurrida y la apertura de diligencias informativas en relación a lo que consideran irregularidades en dos procesos tramitados ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ Islas Baleares. El expediente se incoó a raíz de queja presentada por diversas irregularidades habidas en dos procesos, consistentes en no haber sido emplazados para personarse en uno de ellos y en el error cometido en la sentencia dictada en el otro (por invocar una STJUE afirmando que se había dictado antes de que lo fuera) que consideran determinante para la resolución de aquel litigio. El Presidente del TSJ Islas Baleares, tras la emisión de informe por el Presidente de la Sala de lo Contencioso-administrativo, acordó archivar la queja al considerar que los reproches formulados tienen naturaleza jurisdiccional, indicando que no cabía recurso. Los interesados interpusieron recurso de alzada. La Comisión Permanente del CGPJ, tras los informes pertinentes, desestimó el recurso de alzada por considerar que la queja se basaba en disconformidad con lo afirmado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ respecto a cuestiones interpretativas del ordenamiento jurídico y cuestiones estrictamente jurisdiccionales no gubernativas, lo que excede el ámbito propio del CGPJ. Tras las tramitación del recurso contencioso-administrativo frente a dicho acuerdo, el TS lo desestima por ser las cuestiones suscitadas de carácter jurisdiccional. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Sexta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 169/2024 – Num. Proc.: 557/2022 – Ponente: Pablo María Lucas Murillo de la Cueva (TOL9.864.143)

febr. 22, 2024

Resolución de 7 de abril de 2022 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, desestimatoria del recurso de alzada n.º 90/2022, interpuesto contra el acuerdo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de 9 de febrero de 2022, recaído en el expediente de queja n.º 26/2021.

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

Sentencia núm. 169/2024

Fecha de sentencia: 01/02/2024

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)

Número del procedimiento: 557/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 25/01/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Rosario Maldonado Picón--

Transcrito por: MTP

Nota:

REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 557/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Rosario Maldonado Picón--

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

Sentencia núm. 169/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente

D.ª Celsa Pico Lorenzo

D. José Antonio Montero Fernández

D. Francisco José Navarro Sanchís

D.ª Ángeles Huet De Sande

En Madrid, a 1 de febrero de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso contencioso-administrativo n.º 557/2022, interpuesto por don Emilio, don Erasmo, don Eusebio, doña Josefa, doña Julia y don Federico, representados, en principio, por la procuradora doña Isabel Campillo García, y posteriormente, por doña María Soledad Castañeda González, y asistidos por la letrada doña Adela Bueno Pérez-Victoria, contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 7 de abril de 2022, desestimatorio del recurso de alzada n.º 90/2022 interpuesto, a su vez, contra el acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, de 9 de febrero de 2022, recaído en el expediente de queja n.º 26/2021.

Ha sido parte demandada el Consejo General del Poder Judicial, representado y defendido por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva.

PRIMERO.- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 7 de abril de 2022, acordó:

"Desestimar el recurso de alzada núm. 90/2022 interpuesto por Emilio, Erasmo, Eusebio, Josefa, Julia y Federico contra el acuerdo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears, de fecha 9 de febrero de 2022, recaído en el expediente de queja núm. 26/2021".

SEGUNDO.- Contra el referido acuerdo interpuso recurso contencioso-administrativo la procuradora doña Isabel Campillo García, en representación de don Emilio, don Erasmo, don Eusebio, doña Josefa, doña Julia y don Federico y, admitido a trámite, se requirió al Consejo General del Poder Judicial la remisión del expediente administrativo y que practicara los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción. Verificado, se hizo entrega a la representante procesal de la parte recurrente a fin de que dedujera la demanda.

TERCERO.- Evacuando el traslado conferido, la procuradora Sra. Campillo García, en representación de los recurrentes, formalizó la demanda por escrito de 13 de julio de 2022 en el que, después de exponer los hechos y fundamentos que estimó pertinentes, solicitó a la Sala que

"previos los trámites procesales a que hubiere lugar, se dicte sentencia que anule la resolución impugnada y acuerde en su lugar la APERTURA DE DILIGENCIAS INFORMATIVAS en relación a las irregularidades denunciadas respecto de los procedimientos 644/10 y 112/18 tramitados ante la Sala de lo contencioso administrativo del TSJIB, a fin de:

- Nombrar un ponente ajeno a la Sala del tribunal afectada.

- Determinar . . .

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