<

Convenios colectivos diferentes | se debe priorizar el convenio correspondiente a la actividad predominante de la empresa

Si la labor desempeñada puede enmarcarse dentro de dos convenios colectivos diferentes, se priorizará el predominante de la empresa

Publicat: 31 d'octubre de 2023

 

El Tribunal Supremo ha establece que, si la labor desempeñada por un trabajador puede enmarcarse dentro de dos convenios colectivos diferentes, se debe priorizar el convenio correspondiente a la actividad principal o predominante de la empresa.

Número Sentencia: 729/2023; Número Recurso: 4202/2020; TOL9.737.264

Antecedentes

El 17 de marzo de 2017, el demandante suscribió un contrato temporal con Ares Capital S.A., compañía dedicada al alquiler de vehículos y transporte por carretera. Sus funciones eran trasladar pasajeros del Hotel Hilton al aeropuerto de Madrid. La relación laboral culminó el 28 de agosto de 2018. Tras ello, el demandante interpuso una demanda en el Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid. Dicha instancia desestimó sus pretensiones el 11 de septiembre de 2019. Al apelar la decisión en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la resolución inicial fue ratificada el 16 de octubre de 2020. No conforme, el demandante recurrió mediante casación para unificación de doctrina, alegando una sentencia previa percibida como contradictoria. Finalmente, el caso se resolvió el 10 de octubre de 2023.

Tribunal Supremo ante la concurrencia de convenios colectivos diferentes

  1. Primero: La esencia del caso radica en determinar el convenio colectivo aplicable al demandante, en su calidad de conductor. Hay dos opciones: el de Transportes de Viajeros o el de Alquiler de Vehículos con y sin Conductor, ambos en la Comunidad de Madrid. Tanto el Juzgado de lo Social nº 40 como la Sala de lo Social del Tribunal Superior decidieron a favor del Convenio de Alquiler de Vehículos. Es fundamental subrayar que el demandante desempeñaba sus funciones para Ares Capital SA, y su tarea era transportar personas en Madrid. El criterio adoptado se basa en el convenio vinculado a la actividad central de la firma.
  2. Segundo: Se evidencia una discrepancia con una decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se priorizó el Convenio del Sector de Transportes de Viajeros. Aunque se trata de empleados de la misma compañía con roles parecidos, las determinaciones judiciales fueron distintas.
  3. Tercero: El demandante sostiene que hubo una errónea interpretación de normativas y jurisprudencias respecto al convenio a aplicar. Entre las cuestiones resaltadas figura la dificultad para definir la actividad principal del empleado y las normas atinentes al alquiler de vehículos con chofer.

Fallo del Tribunal

Basándose en jurisprudencia consolidada, el tribunal confirma que la decisión acertada es aplicar el Convenio de Alquiler de Vehículos, al ser este el que refleja la actividad dominante de la empresa.

Por todo lo expuesto, el tribunal desestima el recurso de casación y confirma la firmeza.

Últimes entrades publicades

alta hospitalaria

El alta hospitalaria no equivale al alta médica

by | nov. 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ indica que el alta hospitalaria no se equipara al alta médica, conceptos relevantes para los permisos retribuidos.

Delito de odio por razón de orientación sexual

Delito de odio por razón de orientación sexual

by | nov. 26, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Confirmada la condena por delito de odio por razón de orientación sexual tras humillar a una joven que se encontraba en proceso de cambio de sexo

Política de Seguridad de la Información

Se aprueba la nueva política de seguridad de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

by | nov. 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la nueva Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Exigencia de experiencia

Exigencia de experiencia previa en la concesión de un quiosco en la Universidad de Almería

by | nov. 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Tras analizar la normativa aplicable, tanto autonómica como estatal, se concluye que la exigencia de experiencia previa no está contemplada en la legislación sobre patrimonio de las administraciones públicas

empresas de trabajo temporal

Desarrollo del Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal

by | nov. 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la Orden TES/1324/2024, por la que se desarrolla el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal.

Delito de odio y discriminación

Delito de odio y discriminación por insultar y denigrar a una camarera

by | nov. 25, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La sentencia establece que las acciones del acusado constituyen un delito de odio y discriminación, conforme al artículo 510, apartado 2, letra a) del Código Penal.