<

Conclusiones de la Abogada General en el asunto C-450/22 | Control de transparencia en acciones colectivas

La Abogada General presenta conclusiones sobre la procedencia del control de transparencia en acciones colectivas.

Publicat: 19 de gener de 2024

La Abogada remite sus conclusiones sobre la interpretación del control de transparencia en acciones colectivas. El Tribunal de Justicia Europeo deberá pronunciarse al respecto.

La Abogada General Medina emitió sus conclusiones sobre el asunto C-450/22, referido al control de transparencia en una acción colectiva. En particular, en lo referido a las cláusulas suelo y las entidades financieras.

Las cláusulas suelo, que limitan el descenso del tipo de interés variable incluso cuando el índice de referencia, como el Euribor, cae por debajo de ciertos niveles, han sido objeto de numerosos litigios en España. Consumidores individuales y asociaciones, como la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (ADICAE), han emprendido acciones legales invocando la ilegalidad de estas cláusulas bajo la Directiva sobre las cláusulas abusivas.

En este contexto, la Abogada General destaca la posibilidad de examinar la transparencia de las cláusulas suelo en el marco de una acción colectiva. Esto es incluso cuando esta se dirige contra más de un centenar de instituciones financieras españolas. La ADICAE ha liderado una acción colectiva contra 101 entidades financieras, buscando el cese en el uso de las cláusulas suelo y la restitución de las sumas pagadas en virtud de estas cláusulas.

Sin embargo, los bancos, tras ver desestimadas sus pretensiones en instancias anteriores, han recurrido al Tribunal Supremo, planteando dudas sobre la idoneidad del procedimiento colectivo para evaluar la transparencia de estas cláusulas, dado el gran número de consumidores y entidades involucradas.

Consideraciones al respecto

La Abogada General argumenta que la Directiva no impide el control de la transparencia en el contexto de acciones colectivas. Considera además que el control judicial de la transparencia en los procedimientos colectivos resulta factible y adecuado, siempre que se adapte a las características específicas de dichas acciones, considerando su nivel de abstracción y centrándose en las prácticas contractuales estándar (de profesional frente a consumidor medio).

Advierte que excluir el examen de la transparencia de las cláusulas contractuales en procedimientos colectivos sería contrario al propósito de estas acciones. Además, sería incompatible con la legislación de la Unión Europea, destinada a fortalecer la protección judicial de los intereses colectivos de los consumidores. 

La Abogada General también destaca la posibilidad de llevar a cabo el control judicial incluso en procedimientos contra un número considerable de entidades financieras. Para ello, las entidades  deben pertenecer al mismo sector económico y las cláusulas contractuales deben ser similares. En este sentido, resalta que es responsabilidad del Tribunal Supremo determinar si existe una similitud suficiente para avanzar con la acción colectiva.

Para poder realizar el control de transparencia de manera efectiva, indica que se puede utilizar el estándar del consumidor medio. Se trata de un estándar objetivo e independiente del número de afectados.

Estas consideraciones son fruto de una interpretación del artículo 4 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

 

Otras noticias de interés:

Apropiación indebida de botellas de vino | in dubio pro reo

Últimes entrades publicades

datos de identidad de género

Rectificación de datos de identidad de género en el RGPD

by | març 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El fallo del TJUE refuerza el derecho de las personas trans a la rectificación de sus datos personales en la Unión Europea sin requisitos desproporcionados

prueba ilícita

El Tribunal Constitucional se pronuncia sobre la exclusión de la prueba ilícita

by | març 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TC establece que los tribunales penales pueden valorar la ilicitud de la prueba obtenida en un registro de un proceso contencioso.

administración desleal

TSJPV confirma condena por administración desleal

by | març 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco condena a un hombre a prisión por delito de administración desleal.

viviendas de uso turístico

Restricciones a las viviendas de uso turístico en Cataluña

by | març 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La exigencia de una licencia urbanística previa no vulnera el principio de unidad de mercado, se considera una medida necesaria y proporcional para proteger el entorno urbano y el modelo de ciudad definido por la planificación urbanística

insultos racistas

Audiencia de Salamanca reabre caso de insultos racistas durante un partido de fútbol de alevines

by | març 13, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de Salamanca reabre un caso referido a insultos racistas durante un partido de fútbol de alevines.

Privatizar la evaluación ambiental

Evaluación ambiental | El TSXG anula parte de un decreto de la Xunta que por privatizar la evaluación ambiental

by | març 13, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSXG sí ha considerado ajustado a Derecho el apartado 1 del artículo 29 del Decreto, que regula actividades como tomas de muestras, análisis y controles técnicos, siempre que se limiten a funciones materiales de inspección