Caso Nummaria | 80 años de prisión al asesor fiscal por fraude masivo
La Audiencia Nacional ha impuesto una condena de 80 años de prisión al asesor fiscal y contable del Caso Nummaria, por delitos fiscales, estafa procesal, falsedad documental, insolvencia punible y frustración de la ejecución. El fallo también lo considera cooperador necesario en múltiples delitos contra la Hacienda Pública cometidos por terceros. Según la sentencia, estructuró un complejo entramado de sociedades, tanto en España como en el extranjero, orientado a facilitar el ocultamiento de ingresos y patrimonios de sus clientes con el fin de eludir el pago de impuestos. El caso implica a dos actores españoles, uno de ello condenado.
La Sala Segunda considera probado que estas estructuras permitieron la opacidad de las operaciones económicas del despacho Nummaria, dirigido por el acusado, y que su intervención no se limitó al asesoramiento, sino que participó activamente en la ejecución de las maniobras fraudulentas.
El actor condenado tras admitir fraude fiscal
El actor ha sido condenado a dos años y dos meses de prisión por cinco delitos fiscales cometidos entre los años 2010 y 2014, en virtud de un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción. Reconoció haber defraudado más de dos millones de euros a la Hacienda Pública, cantidad que fue posteriormente reintegrada junto con intereses y responsabilidad civil. El tribunal subraya que el condenado recurrió a un entramado societario sin aportación de valor real, así como al uso fraudulento de la figura de la renta vitalicia, con el objetivo de encubrir la verdadera naturaleza de sus ingresos.
Absolución de la actriz por falta de dolo
Por otro lado, la actriz ha resultado absuelta de todos los delitos de los que se le acusaba. El tribunal concluye que no se ha acreditado que la acusada tuviera conocimiento de que sus actos eran constitutivos de delito fiscal. Si bien utilizó estructuras similares a las diseñadas por el despacho Nummaria, declaró la totalidad de sus ingresos en los ejercicios investigados y aplicó una reducción por renta vitalicia conforme al artículo 17. 2. a) LIRPF, figura aceptada por la normativa hasta su desestimación por la Agencia Tributaria en una inspección posterior.
La Sala considera que concurre una duda razonable sobre su intención defraudatoria, lo que impide una condena penal.
No existió organización criminal
Pese a la gravedad de los hechos, el tribunal descarta que existiera un delito de organización criminal. No considera probado que el despacho Nummaria se constituyera con finalidad delictiva ni que su actividad principal derivara en la comisión de ilícitos penales. Se absuelve, en consecuencia, a otros 19 acusados, incluidos varios empleados del despacho, al no acreditarse su participación consciente en las prácticas fraudulentas.
Fuente: CGPJ.