<

Condenado a dos años de prisión por estafa relacionada con falsa herencia de 9,3 millones de dólares

El acusado convenció a la víctima de que iba a recibir más de 9 millones de dólares, no obstante, se trataba de una falsa herencia.

Publicat: 2 de setembre de 2024

La Audiencia considera probada la estafa por falsa herencia, al constatar la existencia de documentos falsos creados para engañar al afectado.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha sentenciado a dos años de prisión a un hombre que estafó a una víctima tras hacerle creer que había heredado 9,3 millones de dólares. El acusado, quien se presentó como abogado, convenció a la víctima de que era beneficiario de una falsa herencia dejada por un ciudadano fallecido en el terremoto de China de 2008. Le aseguró que, para poder acceder a dicha cantidad debía aceptar dicha herencia.

Durante el periodo de mayo a noviembre de 2018, el condenado envió una carta en la que indicaba que el dinero estaba depositado en una caja de seguridad en España. Sin embargo, para liberar los fondos, la víctima debía hacer varios pagos en efectivo.

Para darle credibilidad a su fraude, el acusado creó documentación falsa y abrió una cuenta bancaria en España utilizando un pasaporte falsificado. A través de esta cuenta, logró que la víctima le transfiriera 5.820 euros. Estos hechos, ahora probados por el tribunal, constituyen la base de su condena.

El proceso judicial

El acusado reconoció los hechos y aceptó los cargos por falsedad documental y estafa. La Fiscalía y la defensa llegaron a un acuerdo previo al juicio, en el que el acusado se declaró culpable. La sentencia recoge que los delitos incluyen falsedad en documento mercantil y oficial, en concurso con un delito continuado de estafa.

Atenuantes y reparación del daño

La condena consideró dos atenuantes: dilaciones indebidas en el proceso judicial y reparación parcial del daño. Antes del juicio, el condenado depositó mil euros como parte del pago de los 5.820 euros que debe devolver a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

Sin embargo, según la sentencia, la víctima llegó a perder más de 122.000 euros en total, pues otras cantidades fueron depositadas en cuentas bancarias de presuntos cómplices que permanecen en paradero desconocido.

Finalmente, la sentencia establece que el acusado debe devolver los 5.820 euros y cumplir la pena de dos años de prisión, aunque la cantidad total defraudada asciende a más de 122.000 euros, con otros implicados aún sin localizar. Además, deberá pagar una multa durante cuatro meses, a razón de 8 euros diarios.

 

Fuente: CGPJ

Últimes entrades publicades

derecho penal sustantivo

El recurso de casación penal y los límites del derecho penal sustantivo

by | des. 31, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Estudio de la doctrina del Tribunal Supremo sobre el derecho penal sustantivo y su tratamiento en el recurso de casación penal

repartirse contratos

Agencias sancionadas por repartirse contratos públicos de viajes

by | des. 31, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La CNMC multa a cuatro agencias de viajes por repartirse contratos del Banco de España y la Universidad Complutense, y les prohíbe contratar con la Administración

animales equipaje

Asunto C-218/24: Los animales de compañía forman parte del «equipaje»

by | des. 31, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve el asunto C-218/2024, en relación a los animales de compañía y su consideración como parte del «equipaje».

Delito contra la seguridad vial

No sujeción a TPO de la reserva de aparcamiento para carga y descarga

by | des. 31, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la no sujeción a TPO de las autorizaciones para el aparcamiento en carga y descarga.

rebus sic stantibus

La cláusula rebus sic stantibus no justifica reducir la renta

by | des. 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo aclara que la cláusula rebus sic stantibus exige una prueba concreta del perjuicio y no legitima por sí sola la reducción de la renta

sanciones administrativas

Alcance de los jueces al revisar sanciones administrativas | Tribunal Constitucional

by | des. 30, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

No pueden introducirse agravantes no motivados por la Administración al revisar sanciones administrativas, anula la expulsión por este motivo