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El Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley de Seguros de Automóviles

El pasado 28 de mayo se aprobó el proyecto de Ley de Seguros de Automóviles por el Consejo de Ministros. El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Proyecto de Ley que transpone la Directiva 2021/2118, la cual regula el seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles y el control de […]

Publicat: 29 de maig de 2024

El pasado 28 de mayo se aprobó el proyecto de Ley de Seguros de Automóviles por el Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Proyecto de Ley que transpone la Directiva 2021/2118, la cual regula el seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles y el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. Esta nueva normativa también modifica la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Tras su aprobación, el proyecto se remitirá al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

La nueva ley pretende mejorar la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes de tráfico. Entre sus principales cambios, establece una definición más amplia de los vehículos que deben contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Además, modifica el sistema de valoración de indemnizaciones por daños personales y refuerza la seguridad de las víctimas en caso de insolvencia de las aseguradoras.

Extensión de la obligatoriedad de seguro

Con la transposición de la Directiva, se amplía la definición de vehículos a motor para incluir a vehículos agrícolas e industriales, anteriormente exentos. Los propietarios de estos vehículos dispondrán de seis meses desde la publicación de la ley para suscribir el seguro obligatorio.

El anteproyecto también introduce el concepto de «vehículo personal ligero», que abarca vehículos como patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal con ciertas especificaciones de velocidad y peso. Específicamente, aquellos que puedan alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg. Estos vehículos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Según lo dispuesto por el Consejo, se pretende equilibrar el fomento del transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes.

La Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración tendrá un plazo de seis meses para desarrollar una propuesta reglamentaria del seguro obligatorio para estos vehículos. Además, el Gobierno establecerá un registro público de estos vehículos antes del 2 de enero de 2026.

Indemnizaciones para las víctimas

La normativa también introduce modificaciones en las indemnizaciones, con el consenso de todas las partes involucradas, incluyendo la Administración Pública, asociaciones de víctimas, aseguradoras y expertos en seguros y responsabilidad civil. Estas modificaciones buscan agilizar la valoración de indemnizaciones, promoviendo alternativas extrajudiciales de resolución de conflictos, facilitando informes médicos y atestados policiales gratuitos, y reduciendo plazos de valoración médica.

Las coberturas se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo, y se incrementarán o ampliarán algunos supuestos indemnizatorios para mejorar la protección de los afectados.

Además, el Consorcio de Compensación de Seguros ampliará los supuestos de indemnización, cubriendo accidentes en caso de insolvencia de las aseguradoras.

Reforzamiento del control y supervisión de las aseguradoras

La ley también modificará la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras, aumentando las facultades de control del supervisor para garantizar la idoneidad de las personas al frente de las aseguradoras y la introducción de planes preventivos de recuperación para la gestión de crisis.

 

Fuente: Consejo de Ministros

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