El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, que regula la expedición, gestión y desarrollo del Documento Nacional de Identidad (DNI), tanto en su formato físico como DNI digital. Esta nueva normativa moderniza el sistema de identificación ciudadana, adaptándose a los avances tecnológicos y al marco normativo europeo vigente.
Una identidad digital con la misma validez legal
Entre las principales novedades se encuentra la incorporación del DNI digital en dispositivos móviles, que tendrá la misma validez jurídica que la versión física. Esto permitirá a los ciudadanos identificarse de forma segura ante administraciones públicas y entidades privadas, sin necesidad de portar el documento físico.
Adaptación al Reglamento Europeo 2019/1157
El nuevo Real Decreto se ajusta a las exigencias del Reglamento Europeo 2019/1157, que busca reforzar la seguridad de los documentos de identidad en toda la Unión Europea. Para ello, incorpora estándares técnicos avanzados de almacenamiento seguro, como:
- Imagen facial digitalizada
- Impresiones dactilares
- Firma electrónica avanzada
- Certificados electrónicos cualificados (válidos por dos años)
Obligaciones, derechos y protección de datos | Nuevo DNI digital
La normativa establece que el DNI será obligatorio a partir de los 14 años, y contempla procedimientos especiales para menores y situaciones excepcionales. La gestión integral del documento queda en manos del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía.
Este organismo también será responsable de garantizar la protección de los datos personales, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y demás normativa de privacidad vigente.
Expedición, renovación y medidas contra el fraude
El Real Decreto fija criterios claros para la validez del DNI según la edad del titular, así como los procedimientos para su renovación, expedición de duplicados y actuaciones en caso de pérdida o robo. Además, establece características técnicas específicas que dificultan la falsificación del documento, reforzando así su seguridad.
Plazo de adaptación al DNI digital
El texto legal incluye disposiciones adicionales y transitorias que facilitarán su implantación. En particular, se otorga un plazo de doce meses para que tanto el sector público como el privado se adapten al uso del DNI digital como herramienta de identificación válida.