<

El TSJ de La Rioja descarta la responsabilidad de la Administración en accidente de un ciclista

El TSJ de la Rioja descarta la responsabilidad patrimonial de la Administración en una caída que provocó el fallecimiento de un ciclista.

Publicat: 2 de juliol de 2024

La parte demandante no pudo demostrar que el bache en la carretera fue el responsable de la caída del ciclista, por lo tanto, descarta la responsabilidad de la Administración. Sentencia 106/2024 del TSJ de La Rioja.

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado la demanda por responsabilidad patrimonial presentada contra el Gobierno de La Rioja. La demanda se originó a raíz de la caída de un ciclista de avanzada edad que falleció dos meses después del accidente debido a las lesiones sufridas en la caída. La familia del fallecido reclamaba una indemnización de 217.511,57 euros más los intereses legales.

Según la parte demandante, el ciclista circulaba por la carretera LR-311, donde la Guardia Civil constató la presencia de hierba procedente del desbroce. En el punto kilométrico 3,8, había un gran bache en mitad de la carretera. La familia argumentó que la rueda delantera de la bicicleta se introdujo en el desnivel, lo que hizo que el ciclista perdiera el control y cayera al suelo, quedando inmóvil debido a una lesión medular que posteriormente le causó la muerte. El bache fue reparado 20 días después del accidente, lo que según la familia demostraba que la administración conocía el mal estado del asfalto.

Veredicto del Tribunal

La cuestión se centró en determinar la relación de causalidad entre el mal estado de la carretera y las lesiones que provocaron el fallecimiento. El tribunal concluyó que no había pruebas suficientes para sostener la versión de la parte demandante. En el fallo, se determinó que no había evidencia de que la rueda delantera de la bicicleta se introdujera en el bache debido a la hierba cortada.

Un testigo declaró al personal de la ambulancia que el ciclista simplemente perdió el control de la bicicleta. Por ello, el tribunal constató que «no existe un enlace preciso y directo» entre la caída y el mal estado de la carretera. Además, la parte demandante no había podido acreditar el lugar exacto de la caída, por lo que los indicios podían conducir a conclusiones alternativas sobre cómo se produjo el accidente.

El TSJ concluyó que no se podía establecer con certeza que el bache en la carretera fuera la causa de la caída del ciclista.

 

Fuente: CGPJ

Últimes entrades publicades

Tirant PRIME Conversa vs. IAs generalistas: ¿qué IA jurídica es realmente fiable para profesionales del derecho?

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

En los últimos años, el uso de herramientas de inteligencia artificial ha crecido de forma exponencial en el ámbito jurídico. Cada vez más profesionales buscan...

cambio permanente de horario

El TS limita el cambio permanente de horario sin garantías

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha declarado nulo un precepto del II Convenio Colectivo de Refino. Este precepto facultaba a la empresa a realizar cambios permanentes de horario y...

elementos precisos y concretos

Sin elementos precisos y concretos no hay trato desigual válido

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Anulado parte del convenio de Iberia por carecer de elementos precisos y concretos que justifiquen excluir a los trabajadores a tiempo parcial de un complemento salarial.

responsables solidarios

Investigación de responsables solidarios antes del administrador subsidiario

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo ha dictado sentencia, estableciendo que antes del administrador subsidiario, debe investigar a los responsables solidarios.

deducción por hijo a cargo

Funcionarios de la Unión Europea y la deducción fiscal por hijo a cargo tras los 26 años

by | nov. 28, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE establece que la deducción fiscal por hijo a cargo que tienen los funcionarios de la UE se limita a la edad de 26 años.

derecho de defensa

El Supremo valida la actuación letrada y el derecho de defensa

by | nov. 27, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Según el Tribunal Supremo, el derecho de defensa no fue vulnerado, ya que no se acreditaron omisiones graves ni perjuicio procesal al acusado