EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. En el mes de junio de 2022 se presentó el Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil (2022-2030). Este Plan, impulsado desde el Gobierno y coordinado por el entonces Alto Comisionado contra la Pobreza Infantil, se había desarrollado con una metodología participativa en cuatro niveles: un primer nivel institucional a través de una mesa interministerial en la que participaron quince de los departamentos ministeriales; una mesa científica, formada por dieciocho sociedades e instituciones científicas del ámbito de la salud con el objetivo de que este Plan estuviese siempre basado en la evidencia científica; un tercer nivel social, formado por trece organizaciones del tercer sector de acción social y sociedad civil organizada; y por último una cuarta mesa económica, formada por veinticinco asociaciones y federaciones representantes de los sectores económicos implicados en el Plan. La obesidad infantil es uno de los principales problemas de salud pública a nivel internacional y se asocia, junto con el sobrepeso, con numerosos problemas de salud, tanto en la infancia como en la edad adulta. Su prevalencia es tan elevada que la Organización Mundial de la Salud (OMS) la ha declarado como uno de los mayores retos en salud del siglo XXI y, como tal, conlleva altos costes individuales, sociales y económicos con implicaciones a corto, medio y largo plazo. Esta situación es especialmente acusada en hogares con rentas bajas. Para estos niños, niñas y adolescentes, crecer de forma saludable es aún más complicado, teniendo el doble de posibilidades de desarrollar obesidad debido a una exposición diferencial a los determinantes sociales de la obesidad. Para afrontar esta situación, el Plan cuenta con un horizonte temporal de ocho años y en él se recogen un total de 200 medidas organizadas en entornos de acción que se corresponden con diferentes ámbitos competenciales. Dada su transversalidad, naturaleza multicompetencial y extensión temporal, el Plan requiere de un impulso sinérgico de múltiples actores desde distintos sectores y niveles institucionales, sociales y económicos a lo largo de la década. Es por ello que este Plan se dota de un sistema de gobernanza específica que permite su coordinación, implementación, seguimiento y evaluación. Dentro de este sistema, el órgano al que corresponde el impulso de la implementación del Plan es el Comité Interministerial de seguimiento e impulso del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil, presidido por el Ministerio de Sanidad, contando con la participación de todos los departamentos que participaron en la elaboración del Plan. Mediante el presente real decreto se crea este Comité Interministerial, adscrito al Ministerio de Sanidad, en el que estarán representados un total de dieciocho departamentos ministeriales, con competencias sobre las materias que afectan al desarrollo del Plan. Entre las funciones de este Comité se encuentra impulsar la integración de las líneas estratégicas del Plan en los respectivos marcos estatales de políticas públicas, así como realizar el seguimiento y la evaluación del Plan a través de los indicadores establecidos. En el desarrollo de sus funciones contará con el apoyo de una Comisión Técnica; asimismo, podrá acordar la creación de grupos de trabajo, con la composición y régimen de funcionamiento que se acuerde. La creación de este Comité Interministerial no supone aumento del gasto público, ya que funcionará con los medios materiales y personales de los departamentos ministeriales que lo componen. Este real decreto observa los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, puesto que la adopción de la norma permitirá una mejor coordinación de las medidas a adoptar para la implementación del Plan. Asimismo, es también adecuado al principio de proporcionalidad, en cuanto se trata de una norma puramente organizativa, que, en consecuencia, no restringe derechos ni libertades ni impone obligaciones. Igualmente, a la vista de su objeto y contenido, se considera cumplido el principio de eficiencia en la medida en que la norma prevé que los medios personales . . .
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