El TSXG avala la aprobación de las bases de provisión por el sistema de concurso de puestos que se hallaban vacantes en la Diputación Provincial de Lugo. – Tribunal Superior de Justicia de Galicia – Sección Primera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 218/2024 – Num. Proc.: 509/2022 – Ponente: LUIS ANGEL FERNANDEZ BARRIO (TOL10.005.298)

juny 8, 2024

El demandante carece de interés legítimo para la impugnación global de la relación de puestos de trabajo de la Diputación Provincial de Lugo, resultando que su legitimación únicamente queda restringida y limitada de forma exclusiva a su concreto y específico puesto de trabajo, no estando, en consecuencia, habilitado en norma alguna a defender la legalidad objetiva de la actuación administrativa.T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1A CORUÑASENTENCIA: 00218/2024Ponente: D. Luís Ángel Fernández Barrio.Recurso: Recurso de Apelación 509/2022.APELANTE: D. MaximoAPELADOS:D. Narciso , DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO. COMITÉ DE EMPRESA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DELUGO, JUNTA DE PERSONAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO, D. Oscar , D. Pedro , Dª Dolores ,D. Rafael , D. Roberto , Dª Encarnacion , D. Salvador , D. Saturnino , D. Sergio , D. Simón , D. Teodosio , DªGabriela , D. Valentín , D. Jose Manuel , D. Jose Pedro , D. Segismundo , D. Carlos Manuel , D. Carlos Daniel ,Dª Marcelina , D. Luis Miguel , D. Jesús Carlos , D. Juan Carlos , D. Juan Antonio , D. Juan Alberto , D. PedroEnrique , D. Marco Antonio , D. Pablo Jesús , Dª Pilar , D. Alfonso , Dª Rosa , Dª Rosario , D. Apolonio , Dª SoniaD. Basilio , Dª. Vanesa , D. Blas , D. Bruno , D. Candido , Dª Ascension , D. Cesar , D. Daniel , D. Demetrio, Dª Agueda , D. Doroteo ,D. Eleuterio , Dª Ángeles , D. Estanislao , D. Eulalio , D. Evaristo , D. Faustino, D. Felicisimo , Dª Camino , Dª Caridad , D. Gerardo , D. Gervasio , D. Héctor D. Herminio , D. Hugo , D.Imanol , Dª. ElisendaDª. Isidora , Dª. EstefaníaCENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS CSI-CISF, Dª. Eulalia , Dª. Felisa , Dª. Florinda , Dª.Gloria , Dª. Inocencia , D. Miguel , Dª. Josefina , Dª. Juliana , D. Obdulio , D. Pascual , Dª Lucía , Dª Macarena, D. Prudencio D. Maximiliano , D. Rogelio . Santos , D. Paulino Dª. Paloma , D. Teodoro , D. Ricardo ,D. Víctor D. Victorio , D. Jose Francisco , D. Jose Ángel , Dª Socorro , D. Carlos Miguel , D. Luis Alberto ,D. Abilio , D. Alejandro , Dª Amalia , Dª Concepción , Dª Debora , Dª Benita , D. Bartolomé , D. Bernabe ,D. Bienvenido , D. Ángel , Dª. Lourdes , D. Arsenio . Cirilo , D. Cornelio , COMISIONES OBRERAS (CC. OO.),D. Benjamín , Dª Encarna , Dª Julia , D. Enrique , D. Cipriano , D. Eutimio , Dª Manuela , D. Feliciano , Dª.Gregoria , Dª Milagros , D. Gabino .EN NOMBRE DEL REYLa Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia hapronunciado la siguienteSENTENCIAIlmos./as. Sres./as.D. Fernando Seoane Pesqueira, presidente.D. Luís Ángel Fernández Barrio.Dª. Mónica Sánchez Romero.A Coruña , a 1 de abril de 2024 .El recurso de apelación número 509/2022, pendiente de resolución ante esta Sala, fue promovido por D.Maximo , representado por el Procurador D. CARLOSDANIEL VILA VÁRELA y dirigido por el Abogado D.MIGUEL RIVERARODRÍGUEZ, contra la sentencia núm. 71/ 2022 de fecha 31 de marzo de 2022, dictada enel procedimiento abreviado núm. 24/2019 por el Juzgado de lo contencioso-administrativo núm. 1 de Lugo,sobre función pública, siendo partes apeladas D. Narciso , representado por la Procuradora Dª. EVA MARÍATOMÉ SIEIRA y dirigida por el Abogado D. FERNANDO MARTÍNEZ ARRIBAS; DIPUTACIÓN PROVINCIAL DELUGO, representada y dirigida por el SERVICIO JURÍDICO DE LA DIPUTACIÓN DE LUGO; COMITÉ DE EMPRESADE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO, JUNTA DE PERSONAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO,representado por el Procurador D. JOSE ANGEL PARDO PAZ y dirigido por la Abogada Dª. MARÍA TERESANÚÑEZ FERREIRO; D. Oscar , D. Pedro , Dª Dolores , D. Rafael , D. Roberto , Dª Encarnacion , D. Salvador ,D. Saturnino , D. Sergio , D. Simón , D. Teodosio , Dª Gabriela , D. Valentín , D. Jose Manuel , D. Jose Pedro, D. Segismundo , D. Carlos Manuel , D. Carlos Daniel , Dª Marcelina , D. Luis Miguel , D. Jesús Carlos , D.Juan Carlos , D. Juan Antonio , D. Juan Alberto , D. Pedro Enrique , D. Marco Antonio , D. Pablo Jesús , DªPilar , D. Alfonso , Dª. Rosa , Dª Rosario , D. Apolonio , Dª Sonia , D. Basilio , Dª Vanesa , D. Blas , D. Bruno, D. Candido , Dª Ascension , D. Cesar , D. Daniel . D. Demetrio , Dª Agueda , D. Doroteo , D. Eleuterio , DªÁngeles , D. Estanislao , D. Eulalio , D. Evaristo , D. Faustino , D. Felicisimo , Dª Camino , Dª Caridad , D.Gerardo , D. Gervasio , D. Héctor , D. Herminio , D. Hugo , D. Imanol , representados por la Procuradora Dª.ANA MARIA FERNANDEZ SANTOS y dirigidos por el Abogado D. Xosé Manuel Fernández . . .

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Regularización íntegra. Cuando, tras una regularización del IRPF, se ha considerado inexistente la actividad económica de la sociedad y se han imputado sus rendimientos al socio persona física, el principio de íntegra regularización impone a la Administración competente para liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio que, si asume la anterior consideración para negar la exención de las participaciones en dicha sociedad por incumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos.a) LIP, tenga también en consideración el impacto que aquello tiene en la valoración de las participaciones (art. 16 LIP), como consecuencia de la variación del valor del patrimonio neto. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1405/2024 – Num. Proc.: 8950/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.124.551)

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