EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática como Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de política territorial, organización territorial del Estado y relaciones con las comunidades autónomas y las entidades que integran la administración local, así como en materia de memoria histórica y democrática. Asimismo, el Real Decreto 837/2023, de 22 de noviembre, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, dispuso la creación de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria Democrática, contemplada, en los mismos términos, en el Real Decreto 3/2024, de 9 de enero, por el que se reestructuran las Subsecretarías de los departamentos ministeriales. Mediante el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se ha fijado la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel orgánico de dirección general, de conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De este modo, mediante este real decreto se refuerza la estructura del extinto Ministerio de Política Territorial. Así, en primer lugar, se incorpora la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, procedente del extinto Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, para la correcta ejecución de las nuevas competencias que asume el Departamento. Del mismo modo, procedente del extinto Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática se incorpora también el Comisionado especial para la Reconstrucción de la isla de La Palma, el cual dependerá directamente de la persona titular del Departamento. En cumplimiento de dicha normativa, procede ahora desarrollar su estructura hasta el nivel orgánico de subdirección general, definiendo asimismo las competencias de cada uno de sus órganos. En las disposiciones adicionales se recoge la supresión de órganos, las referencias a órganos suprimidos, la delegación de competencias, la suplencia y los órganos colegiados interministeriales adscritos al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. En las disposiciones transitorias se hace referencia a la situación de las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general, el régimen transitorio de órganos colegiados así como a la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones a los servicios centrales del Departamento. La disposición derogatoria deroga las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este real decreto, y, en todo caso, el Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial. La disposición final primera autoriza a la persona titular de este Departamento ministerial para modificar o suprimir los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo del Departamento cuya composición y funciones sean de alcance ministerial, aunque su creación se haya efectuado mediante real decreto o acuerdo del Consejo de Ministros. La disposición final segunda, tercera y cuarta se refieren respectivamente a las facultades de desarrollo y ejecución, a las modificaciones presupuestarias y a la entrada en vigor de este real decreto. Este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, conforme a los cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, el real decreto atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, siendo la regulación prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma