Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales (TOL9.831.918)

gen. 29, 2024

La Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, establece en su apartado tercero que: «El coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones citadas en el anexo 3, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en el diferencial que corresponda según lo establecido en el anexo 3 de esta resolución. Las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que cuenten con herramientas de valoración propias o un asesoramiento externo independiente podrán determinar en el momento de la operación el coste de financiación del Tesoro en base a la metodología contenida en el anexo 2 de esta resolución. El resto de las Administraciones, para conocer el coste de financiación del Estado a cada plazo medio, emplearán la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables sobre cada referencia que publique mensualmente, mediante resolución, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes». Conforme a dicha obligación de actualización mensual del coste de financiación del Estado a cada plazo, se publica un nuevo anexo 1. Madrid, 8 de enero de 2024.El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Álvaro López Barceló. ANEXO 1 Tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera Datos recogidos el 5 de enero de 2024
Vida media de la operación (meses)
Tipo fijo anual máximo (puntos porcentuales)
Diferencial máximo sobre euríbor 12 meses (puntos básicos)
Diferencial máximo sobre euríbor 6 meses (puntos básicos)
Diferencial máximo sobre euríbor 3 meses (puntos básicos)
Diferencial máximo sobre euríbor 1 mes (puntos básicos)
1
3,63

- 10
2
3,63

- 10
3
3,69

- 11
- 4
4
3,64

- 16
- 9
5
3,64

- 16
- 9
6
3,63

-  28
-  17
-  9
7
3,59

-  25
-  14
-  7
8
3,51

-  26
-  15
-  8
9
3,43

-  26
-  15
-  8
10
3,36

-  29
-  18
-  10
11
3,35

-  24
-  13
-  5
12
3,29
-  33
-  23
-  13
-  5
13
3,24
-  32
-  22
-  12
-  4
14
3,21
-  29
-  19
-  8
-  1
15
3,17
-  26
-  15
-  5
3
16
3,13
-  23
-  13
-  2
5
17
3,09
-  23
-  12
-  2
5
18
3,04
-  24
-  13
-  3
5
19
3,00
-  25
-  14
-  4
4
20
2,95
-  26
-  14
-  4
3
21
2,91
-  26
-  15
-  5
2
22
2,88
-  27
-  15
-  5
2
23
2,86
-  25
-  13
-  4
4
24
2,85
-  23
-  11
-  2
6
36
2,72
-  14
0
9
16
48
2,71
-  6
9
17
24
60
2,73
-  1
15
22
28
72
2,82
7
25
31
36
84
2,90
13
33
38
43
96
2,98
20
41
46
49
108
3,08
26
49
53
55
120
3,18
34
58
61
63
132
3,26
38
63
64
66
144
3,32
42
67
67
68
156
3,37
46
71
70
70
168
3,50
57
83
81
81
180
3,55
63
88
86
84
192
3,59
67
93
90
87
204
3,62
72
97
93
91
216
3,62
72
98
93
90
228
3,67
79
104
99
96
240
3,70
83
108
102
99
252
3,69
83
109
102
99
264
3,70
87
112
106
101
276
3,72
91
116
109
104
288
3,73
94
119
112
107
300
3,75
98
123
115
110
312
3,75
100
124
117
111
324
3,75
102
127
119
113
336
3,80
109
133
125
119 . . .

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