La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la modificación del procedimiento de operación P.O.7.5, que regula el servicio de respuesta activa dentro del sistema eléctrico peninsular. Esta revisión tiene como objetivo reforzar la participación de los consumidores, especialmente industriales, en los mecanismos de balance del sistema.
Qué es el servicio de respuesta activa y por qué es clave
El servicio de respuesta activa permite que los consumidores reduzcan de forma voluntaria su consumo eléctrico cuando el operador del sistema, Red Eléctrica de España (REE), lo solicita para garantizar la seguridad del suministro. A cambio, estos consumidores reciben una compensación tanto por estar disponibles como por ejecutar esa reducción de consumo cuando se activa el servicio.
Se trata de un servicio voluntario, retribuido y fundamental para avanzar en la transición energética, ya que facilita la integración de energías renovables, ayuda a combatir episodios de precios elevados y aumenta la flexibilidad del sistema eléctrico.
Revisión del servicio de respuesta activa: principales novedades
La CNMC ha impulsado esta reforma con el fin de acercar el servicio de respuesta activa al producto estándar europeo de balance mFRR, eliminando barreras y facilitando la entrada de nuevos participantes. Entre los cambios más relevantes destacan:
Contratación más flexible. Se reduce el periodo de contratación de 12 a 6 meses y se permite la celebración de subastas de menor plazo.
Acceso más abierto. Se elimina el requisito de tamaño mínimo por instalación en la próxima subasta.
Agregación de consumidores. Se mantiene un mínimo ofertable de 1 MW, aunque podrá alcanzarse mediante la suma de pequeñas instalaciones. Además, se prevé una granularidad mínima de 0,1 MW a partir de 2027.
Mejora de los tiempos del servicio de respuesta activa. El tiempo de activación baja de 15 a 12,5 minutos y el periodo de entrega de energía se reduce de 3 a 2 horas.
Simplificación de procesos. Se agilizan los trámites de habilitación, subasta y traspaso de clientes entre comercializadores.
Transparencia en las subastas. Se incorpora un anexo confidencial con el cálculo del precio máximo y el presupuesto disponible.
Naturaleza jurídica del servicio de respuesta activa
El servicio de respuesta activa está definido como un producto específico de reserva de balance con activación manual (mFRR), de conformidad con el artículo 26 del Reglamento (UE) 2017/2195. Está destinado a consumidores que no pueden acceder al producto estándar, pero cuya participación resulta esencial para garantizar el equilibrio del sistema.
Su propósito es integrar a la demanda como agente activo en la operación del sistema eléctrico, mejorando la capacidad de respuesta ante desviaciones y escasez de flexibilidad.
El futuro del servicio de respuesta activa
La reforma del servicio de respuesta activa representa un paso decisivo hacia un modelo energético más abierto, competitivo y tecnológicamente neutro. Al eliminar restricciones y facilitar la agregación de consumidores, se amplía la base de participantes y se estimula una mayor competencia en la provisión de servicios de balance.
Este nuevo enfoque permitirá que tanto grandes como pequeños consumidores contribuyan al funcionamiento del sistema eléctrico, compitiendo en igualdad de condiciones con la generación.
El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a un hombre al pago de una multa de 2.100 euros y a tres años de inhabilitación para mariscar por un delito de marisqueo ilegal. Los hechos tuvieron lugar el 26 de abril de 2023 en la playa de O Pedrido, en el municipio de Bergondo. El acusado fue sorprendido con 227 kilos de erizos de mar recién extraídos, sin disponer de autorización administrativa para su explotación.
Según la sentencia, el acusado actuó junto con otra persona no identificada, con quien había acordado previamente la extracción del marisco. Ambos “colaboraron activamente en la extracción de erizos de mar, contraviniendo las más elementales normas reguladoras de la actividad”, según señala el fallo judicial.
Intervención de la Guardia Civil
Los agentes de la Guardia Civil interceptaron al acusado cuando transportaba los erizos en un vehículo tipo pick-up. La mercancía, distribuida en seis salabardos y cinco capachos de plástico, fue resembrada de inmediato para evitar la muerte de los ejemplares. El valor estimado de los erizos en el mercado ascendía a 2.560 euros.
El juez subraya que el condenado carecía de permiso alguno para la explotación de erizos, tanto a pie como mediante embarcación. Además, aunque es armador de un barco, este no contaba con licencia de explotación para esa especie. De acuerdo con el plan conjunto de las cofradías de A Coruña y Barallobre, el tope de captura permitido para un buceador autorizado es de 80 kilos diarios, cifra ampliamente superada por el acusado.
Fundamento legal de la condena
La sentencia fundamenta la condena en la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de Pesca de Galicia, y en el Decreto 153/2019, de 21 de noviembre, que regula el régimen de conservación y explotación de los recursos marisqueros y de algas. La conducta del acusado, según el juez, supone un grave perjuicio para el ecosistema marino y para la sostenibilidad del sector marisquero, afectando la gestión racional de los recursos naturales.
El fallo no es firme, ya que puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
En los últimos años, la Inteligencia Artificial (IA) ha comenzado a cambiar de manera significativa la forma en que los profesionales del Derecho abordan su trabajo diario. Lo que antes implicaba largas horas de investigación normativa, búsqueda manual de jurisprudencia y redacción de documentos legales ahora puede realizarse de manera más ágil y precisa gracias a herramientas tecnológicas especializadas.
Sin embargo, lejos de sustituir al abogado, la IA se presenta como un aliado estratégico, capaz de optimizar procesos, ofrecer análisis fiables y liberar tiempo para centrarse en la toma de decisiones y la estrategia jurídica.
En este post, queremos mostrarte de forma práctica y paso a paso cómo se puede resolver un caso jurídico real utilizando Tirant Prime Conversa, la IA especializada en Derecho más avanzada del mercado, que combina un conocimiento jurídico profundo con una interfaz intuitiva diseñada para acompañar al profesional en cada etapa del proceso.
Caso práctico: reclamación por retraso de vuelo
Supongamos que un cliente ha sufrido un retraso significativo en su vuelo y desea reclamar una compensación económica amparada por el Reglamento Europeo 261/2004, que regula los derechos de los pasajeros en caso de retrasos, cancelaciones o denegación de embarque.
Con Tirant Prime Conversa, podemos abordar este caso desde la investigación inicial hasta la redacción final de la demanda, todo desde una interfaz intuitiva y cómoda, sin necesidad de cambiar de herramienta.
Paso 1: plantear el caso en el chat de IA
Desde la plataforma, escribimos todos los detalles del caso. Podemos ser tan específicos como deseemos. Incluso podemos añadir:
Datos del vuelo y del retraso.
Documentación adjunta, como billetes y comunicaciones con la aerolínea.
Legislación aplicable: Reglamento 261/2004.
Con esta información, Conversa nos ofrece un análisis normativo completo, adaptado al contexto que le hemos proporcionado, y nos sugiere los fundamentos jurídicos más relevantes.
Paso 2: investigar jurisprudencia local
Para reforzar nuestro caso, pedimos a Conversa que nos muestre jurisprudencia sobre compensación económica por grandes retrasos de vuelos, restringiendo la búsqueda a sentencias de Madrid.
En segundos, recibimos un listado de sentencias resumidas y referenciadas, listas para su consulta detallada, lo que nos permite fundamentar nuestra reclamación con precedentes actualizados y fiables.
Paso 3: analizar la contestación de la aerolínea
Imaginemos que hemos recibido contestación de la aerolínea. Adjuntamos en el chat la contestación a nuestra reclamación para que Conversa la analice. La IA identifica los puntos clave del documento y además nos ofrece dos aspectos muy útiles:
Argumentos potenciales del abogado contrario.
Estrategias para reforzar nuestra defensa.
Esto nos permite preparar la demanda con una visión estratégica, anticipándonos a posibles objeciones y optimizando la argumentación legal.
Paso 4: redactar la demanda con IA
A continuación, solicitamos a Conversa que redacte la demanda completa, incluyendo los hechos y fundamentos jurídicos del caso. Podemos:
Revisar distintos borradores hasta seleccionar el más adecuado.
Trabajar directamente sobre el documento desde la misma interfaz, sin perder de vista el chat, que nos va a acompañar con todo el historial del caso sobre el que estamos trabajando.
Insertar cláusulas adicionales fácilmente, gracias a las funciones avanzadas. Si quisiéramos, también podremos corregir el texto, acortarlo, expandirlo o buscar sinónimos.
Con ello, ahorramos tiempo y aseguramos que la redacción sea precisa y profesional.
Paso 5: verificar la procedibilidad del documento
Finalmente, pedimos a Tirant Prime Conversa que verifique la procedibilidad de la demanda, asegurando que cumple todos los requisitos legales y formales necesarios para su tramitación.
Gracias a esta revisión, nuestro documento está listo para presentarse ante los tribunales con total seguridad jurídica.
Beneficios de usar la IA de Tirant para resolver un caso jurídico
Resolver un caso jurídico puede ser un proceso largo y complejo, lleno de consultas, análisis de normativa y redacción de documentos. Con la IA de Tirant, ese proceso se simplifica y se vuelve mucho más ágil. Tirant Prime Conversa acompaña al profesional del derecho en cada paso, ofreciendo información fiable, actualizada y lista para aplicar en la práctica. Desde investigar la legislación hasta preparar escritos finales, esta herramienta convierte tareas que antes podían llevar horas en un flujo de trabajo rápido, eficiente y seguro, pensado para que tú te concentres en lo que realmente importa: la estrategia y la resolución del caso.
Rapidez y eficiencia: reduce horas de investigación y análisis.
Seguridad jurídica: garantiza que la información es actualizada y fiable.
Versatilidad: desde consultas normativas hasta redacción de demandas.
Fácil integración: toda la gestión del caso se realiza en un único entorno.
Con este flujo de trabajo, Tirant Prime Conversa se confirma como la IA jurídica más potente y confiable del mercado, capaz de acompañar al profesional del derecho en cada paso de la resolución de un caso, desde la investigación hasta la presentación del escrito final.
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Antecedentes del caso en materia de error judicial. [TOL10765475]
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional resolvió recientemente un recurso interpuesto por una ciudadana que solicitaba indemnización al Ministerio de Justicia por un presunto error judicial. La reclamación se basaba en la sentencia de una Audiencia Provincial que, según la demandante, valoró incorrectamente la viabilidad de un recurso de casación. Este recurso no llegó a presentarse.
La actora argumentó que la resolución judicial impugnada le había ocasionado un perjuicio económico tras un largo proceso relacionado con un accidente laboral sufrido en 2013. En dicho proceso, una mutua de accidentes consiguió que su incapacidad temporal fuese calificada como enfermedad común. La representación letrada designada de oficio no interpuso el recurso de casación correspondiente, lo que motivó la posterior reclamación patrimonial.
Argumentos jurídicos de las partes
La demandante invocó el artículo 121 de la Constitución Española. Este artículo reconoce el derecho a ser indemnizado por los daños ocasionados por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Alegó asimismo la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 CE, y del principio de igualdad del artículo 14 CE. Sostuvo que la negativa administrativa a indemnizarla vulneraba sus derechos fundamentales.
Por su parte, la Abogacía del Estado se opuso a la demanda. Argumentó que no se había acreditado la existencia de error judicial. La ley exige que este sea reconocido previamente mediante una resolución firme del Tribunal Supremo, conforme al artículo 293 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Además, recordó que la reclamante no agotó los recursos procesales disponibles, requisito indispensable para poder formular una acción de error judicial.
Fundamentos y ratio decidendi
La Audiencia Nacional centró su razonamiento en la interpretación del artículo 293 LOPJ. Dicho precepto establece que la reclamación por error judicial debe ir precedida de una declaración judicial expresa que reconozca tal error. Este requisito no fue cumplido, ya que la demandante no interpuso recurso alguno ante el Tribunal Supremo ni incidente de nulidad de actuaciones.
La Sala citó la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha precisado que solo un error craso, evidente e injustificado puede dar lugar a la declaración de error judicial. En este sentido, el tribunal subrayó que no basta con discrepar del contenido de una resolución o considerar injusta una valoración probatoria. Se requiere que el fallo resulte manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico o dictado con arbitrariedad.
Fallo judicial
El tribunal desestimó el recurso contencioso-administrativo. Confirmó la actuación del Ministerio de Justicia y rechazó la pretensión indemnizatoria de 176.954,73 euros. Además, impuso las costas procesales a la parte recurrente. Esto se hizo conforme al artículo 139.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al no apreciarse dudas de hecho o de derecho.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado la validez de la mayor parte de la Directiva sobre unos salarios mínimos en la Unión Europea. No obstante, anula dos artículos que suponen una injerencia directa en la competencia exclusiva de los Estados miembros sobre la fijación de las remuneraciones.
Dinamarca impugna la Directiva sobre unos salarios mínimos
El origen del litigio se encuentra en el recurso interpuesto por Dinamarca ante el TJUE. Este recurso solicitaba la anulación íntegra de la Directiva sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea (Directiva UE 2022/2041). El país nórdico sostenía que esta normativa comunitaria vulneraba el reparto de competencias establecido por los Tratados. Esto se debía a que interfería directamente en la determinación de los salarios mínimos y en el ejercicio del derecho de sindicación, materias reservadas al ámbito nacional.
La sentencia del TJUE: validez parcial de la Directiva sobre unos salarios mínimos
El Tribunal desestima en su mayor parte el recurso presentado. Considera que la Directiva sobre unos salarios mínimos no afecta de forma directa al derecho de asociación o negociación colectiva. Sin embargo, estima parcialmente las pretensiones de Dinamarca e identifica dos disposiciones que exceden las competencias de la Unión. Estas implican una intervención directa en la fijación de salarios mínimos legales.
Disposiciones anuladas por el TJUE
En concreto, el Tribunal de Justicia anula dos preceptos de la Directiva sobre unos salarios mínimos por exceder el marco competencial de la UE
Criterios obligatorios para fijar o actualizar el salario mínimo
La Directiva exigía a los Estados miembros con salario mínimo legal aplicar ciertos criterios obligatorios al establecer o revisarlos. Entre estos criterios estaban el coste de vida, la productividad o la evolución de los salarios brutos. Según el TJUE, esto supone una armonización sustantiva incompatible con el principio de subsidiariedad. Además, representa una injerencia directa en la política salarial nacional.
Limitación de la reducción salarial mediante indexación automática
También se anula el artículo que impedía la disminución del salario mínimo cuando este estuviera vinculado a mecanismos automáticos de indexación. Para el Tribunal, esta norma interfiere de manera ilegítima en los sistemas nacionales de ajuste salarial, invadiendo competencias exclusivas de los Estados miembros.
La Directiva no vulnera el derecho de sindicación
En relación con las disposiciones relativas al fomento de la negociación colectiva, el TJUE concluye que la Directiva sobre unos salarios mínimos no impone medidas que vulneren el derecho de sindicación. Tampoco obliga a imponer afiliaciones sindicales. Se trata, más bien, de una promoción de la negociación salarial sin carácter imperativo.
Conclusión | La Directiva sobre unos salarios mínimos se mantiene en vigor, salvo dos artículos
En definitiva, el Tribunal de Justicia confirma la validez general de la Directiva sobre unos salarios mínimos en la Unión Europea, salvo en lo relativo a los criterios obligatorios para fijar salarios y a la limitación sobre mecanismos de indexación. La sentencia delimita con claridad el alcance de las competencias de la UE en materia de condiciones laborales. Reafirma que la determinación concreta de las remuneraciones sigue siendo competencia nacional.
Aprobación del anteproyecto de ley sobre jornada docente y distribución de aulas.
El Consejo de Ministros ha aprobado, en primera vuelta, el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 4/2019, de 7 de marzo. Su objetivo principal es reducir el número máximo de alumnos por aula y homogeneizar la jornada lectiva del profesorado no universitario. La iniciativa se enmarca en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Además, persigue mejorar las condiciones laborales del profesorado y garantizar una atención más personalizada al alumnado.
Nuevas ratios de alumnado
El texto legislativo propone que las aulas de Educación Primaria pasen de un máximo de 25 alumnos a 22. Mientras que en Educación Secundaria Obligatoria el límite se reducirá de 30 a 25. En los centros financiados con fondos públicos, el alumnado con necesidades educativas especiales (NEEs) computará como dos plazas. Esta es una medida destinada a reforzar la educación inclusiva.
Según el Ministerio de Educación, esta reducción permitirá favorecer la atención individualizada, mejorar la diversidad educativa y disminuir la carga laboral del profesorado. Así, se contribuirá al bienestar docente y a una enseñanza de mayor calidad.
Homogeneización de la jornada lectiva
El anteproyecto fija una jornada lectiva semanal de 23 horas para el profesorado de Infantil, Primaria y Educación Especial. Para el resto de enseñanzas, será de 18 horas. De forma excepcional, podrá ampliarse a 20 horas lectivas, siempre que se compensen con dos horas complementarias por cada hora adicional.
Esta medida establece una regulación básica común para todo el territorio nacional. Tiene el fin de evitar desigualdades entre comunidades autónomas y reforzar la cohesión del sistema educativo.
Calendario de aplicación y tramitación
La implantación será progresiva. La jornada lectiva y el cómputo doble del alumnado con NEEs entrarán en vigor en el curso 2026/2027. Las nuevas ratios se aplicarán desde 2027/2028 en Infantil y Primaria, 2028/2029 en Secundaria, y 2029/2030 en Bachillerato, alcanzando su plena vigencia en 2031/2032.
El texto continuará su tramitación parlamentaria tras la negociación con organizaciones sindicales y comunidades autónomas. Hasta su aprobación definitiva como proyecto de ley y su posterior remisión a las Cortes Generales.
Medidas complementarias y equidad educativa
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes trabaja junto al INE en el desarrollo de un índice de vulnerabilidad socioeconómica. Este permitirá identificar los centros con mayor complejidad por el contexto del alumnado. Este índice se implementará en los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la ley.
Asimismo, se prevé la aprobación reglamentaria de ratios específicas para enseñanzas no obligatorias. También la determinación de criterios para reducir aún más el número de alumnos en centros con circunstancias sociales o educativas especiales.