gen. 25, 2024 | Actualitat Prime
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido convocar comisiones de servicio entre miembros del Cuerpo Jurídico Militar para cubrir las vacantes en la jurisdicción militar con jueces suplentes profesionales. Esta medida busca paliar la grave situación en los órganos judiciales militares de España, donde más de la mitad de sus plazas están vacantes.
El Tribunal Militar Central informó al CGPJ sobre la urgente necesidad de cubrir ocho puestos judiciales repartidos en los cinco Tribunales Militares Territoriales. Asegurando que cada uno cuente con al menos tres miembros. Además, se requiere cubrir una de las dos plazas en los Juzgados Togados Centrales y dos vocales togados para el Tribunal Militar Central. uno de ellos en servicio activo.
Cuerpo Jurídico Militar | Podría afectar los derechos fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas
El Cuerpo Jurídico Militar actualmente enfrenta una crisis debido a la falta de cobertura de 22 de las 42 plazas judiciales militares, lo cual podría llevar a una ralentización o paralización de los órganos judiciales. Esta situación podría afectar los derechos fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, recogidos en el artículo 24 de la Constitución Española.
Sistema de suplencias profesionales
La necesidad de implementar un sistema de suplencias profesionales surge de la prohibición de realizar nombramientos discrecionales por parte del CGPJ, debido a las restricciones impuestas por la Ley Orgánica 4/21 de 29 de marzo. La alternativa consiste en convocar a miembros del Cuerpo Jurídico Militar para cubrir las plazas vacantes. Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa.
La Comisión Permanente del CGPJ designará a los vocales togados suplentes
Una vez presentadas las candidaturas, la Comisión Permanente del CGPJ designará a los vocales togados suplentes. Se incorporarán a las plazas correspondientes por un plazo de un año, renovable. El Ministerio de Defensa se encargará de la autorización presupuestaria de estas comisiones de servicio. Con esta medida, se espera mejorar la eficiencia y el funcionamiento de la jurisdicción militar en España.
gen. 15, 2024 | Actualitat Prime
El Abogado General de la Unión Europea, Maciej Szpunar, ha emitido una opinión sobre las obligaciones impuestas en Italia a proveedores de servicios en línea como Airbnb, Google, Amazon y Vacation Rentals. Estas obligaciones incluyen:
- la inscripción en un registro,
- la comunicación periódica de información a una autoridad administrativa
- y el pago de una contribución económica, con sanciones previstas por incumplimiento.
Los proveedores de servicios en línea, excepción de Expedia, que solo cuestiona la obligación de aportar información, han impugnado estas obligaciones ante los tribunales italianos. Argumentan que dichas obligaciones contravienen el Reglamento de la Unión Europea sobre la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea. Italia, por otro lado, sostiene que su normativa está en conformidad con las leyes de la Unión Europea.
Obligaciones impuestas a proveedores
Además, las empresas con sede en la Unión Europea, ubicadas en Irlanda o Luxemburgo, consideran que estas obligaciones violan la Directiva sobre el comercio electrónico- Dicha directiva establece que los servicios de la sociedad de la información están generalmente sujetos a la legislación del Estado miembro donde se encuentra establecido el prestador del servicio. Ante esta situación, un juez italiano decidió consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Argumentación del Abogado General de la Unión Europea
El Abogado General Szpunar entiende que no se pueden aplicar estas obligaciones de carácter general y abstracto a un proveedor de servicios en línea que opera en un Estado miembro pero está establecido en otro. Además, señala que las obligaciones impuestas por la legislación italiana no son medidas de aplicación del Reglamento sobre equidad y transparencia para usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea.
Entorno comercial en línea equitativo
Según el Abogado General, el objetivo de este Reglamento e contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior, estableciendo:
- un entorno comercial en línea equitativo,
- predecible,
- sostenible
- y confiable.
gen. 11, 2024 | Actualitat Prime
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado el recurso de indemnización presentado por Dyson, confirmando así la sentencia del Tribunal General. Dyson había solicitado una indemnización de 176,1 millones de euros debido a un perjuicio que afirmaba haber sufrido a raíz de un Reglamento Delegado adoptado por la Comisión en 2013. Este reglamento introdujo un método de prueba para medir la eficiencia energética de las aspiradoras que se realizaba con un colector vacío, en lugar de uno cargado. Lo cual, según Dyson, desfavorecía a sus aspiradoras ciclónicas en comparación con las aspiradoras de bolsa.
Dyson impugnó con éxito el reglamento, ya que en 2018 el Tribunal General lo anuló. Se argumentaba que la prueba con un colector vacío no reproducía adecuadamente las condiciones reales de uso, como exigía la Directiva relativa al etiquetado energético.
Sin embargo, en el recurso de indemnización posterior, el Tribunal General determinó que la infracción de la Directiva por parte de la Comisión no estaba suficientemente caracterizada y no generaba un derecho a indemnización.
Recurso contra la confirmación de la prueba de eficiencia energética
Ante la situación, Dyson presentó recurso y se centró en siete motivos de casación. Principalmente relacionados con la supuesta infracción de la Directiva 2010/30 de la UE sobre etiquetado energético. Del mismo modo, se remarcó que la alegación de que la Comisión no tenía discrecionalidad para elegir el método de prueba con colector vacío. Dyson también argumentaba violaciones de los principios de igualdad de trato, buena administración y el derecho a ejercer una actividad empresarial.
El Tribunal de Justicia, al evaluar el recurso, confirmó la sentencia del Tribunal General. El TJUE concluyó que la Comisión no cometió una infracción suficientemente caracterizada del Derecho de la Unión que generara derecho a indemnización. El Tribunal destacó que la elección del método de prueba de eficiencia energética con colector vacío, aunque controvertida, no violaba la Directiva. Estaba justificada dadas las dificultades interpretativas y técnicas del asunto. Además, señaló que la falta de un margen de apreciación no implica automáticamente una infracción suficientemente caracterizada.
Desestimación del recurso
En consecuencia, el Tribunal desestimó todos los motivos del recurso de Dyson. Manteniendo la validez del método de prueba de la Comisión y rechazando la demanda de indemnización de Dyson. Esta decisión confirmó la capacidad de la Comisión para determinar los métodos de prueba en el marco de la regulación del etiquetado energético de productos en la Unión Europea.
El Tribunal de Justicia confirmó que la Comisión no cometió una infracción suficientemente caracterizada del Derecho de la Unión, un requisito esencial para establecer la responsabilidad extracontractual de la Unión. El Tribunal destacó que una infracción de una norma jurídica no resulta automáticamente suficientemente caracterizada solo porque no deje margen de apreciación a la autoridad correspondiente. En este caso, se consideró que la Comisión enfrentó dificultades de interpretación y problemas técnicos complejos, lo que hacía excusable el error de Derecho cometido.
gen. 11, 2024 | Actualitat Prime
Nuevas resoluciones de la Dirección General del Catastro, de 19 de diciembre de 2023 y de 8 de enero de 2024.
El BOE de hoy, 11 de enero, publica dos resoluciones por las que se modifican ciertos aspectos del procedimiento de la Dirección General del Catastro.
La primera, la resolución de 19 de diciembre de 2023, dispone la aprobación del sistema de asistencia por videoconferencia, y modifica la Resolución de 15 de enero de 2019.
La segunda, de 8 de enero de 2024, aprueba cambios en el fichero del padrón catastral y otros de intercambio de información para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Resolución de 19 de diciembre de 2023
La resolución aprueba la prestación del servicio de asistencia al ciudadano mediante videoconferencia en los Puntos de Información Catastral gestionados por Administraciones Públicas territoriales. La Dirección General del Catastro ofrecerá instrucciones y criterios a seguir para garantizar un buen servicio.
La resolución entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE.
Resolución de 8 de enero de 2024
La resolución modifica el cuadro 2 del anexo 1 de la Resolución 12 de marzo de 2014, de la Dirección General del Catastro. Dicho cuadro dispone la forma de remisión, y la estructura, el contenido y el formato informático del fichero del padrón catastral, así como de los demás ficheros de intercambio con las entidades locales, de la información necesaria para la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Se elimina el código A (identificativo de los inmuebles de modalidad constructiva de almacén-estacionamiento) mediante la asignación de dos nuevos códigos. De esta forma, a los efectos de asignación de tipo de gravamen general o diferenciado, se integran en el uso Residencial tanto los códigos identificados con la clave V como los identificados con la clave U, y se integran en el uso Industrial tanto los códigos identificados con la clave I como los identificados con la clave S.
También modifica el cuadro 3 del mismo anexo, el cual recoge los códigos de los beneficios fiscales. Se añade la clave correspondiente al código de no sujeción al IBI.
Se incorpora un nuevo cuadro 4 al anexo para recoger los códigos de tipo de derecho prevalente para IBI de los titulares, correspondientes a la posición 427 del registro 53, sobre Información de la titularidad del bien inmueble, y se añade el código SP referido a Sujeto pasivo del IBI diferente del titular por prescripción legal o judicial, a los ya recogidos en la estructura del formato, para este campo.
El resto de disposiciones no quedan modificadas.
gen. 10, 2024 | Actualitat Prime
El Consejo de Ministros ha aprobado del proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Este proyecto, que ya se había presentado en el Senado en la legislatura anterior, pero decayó debido a la disolución de las Cortes Generales. Ha sido considerado prioritario por su relevancia en términos de justicia social, protección ambiental y crecimiento económico.
El desperdicio alimentario es un problema ético
El desperdicio alimentario es un problema ético que afecta negativamente a los más necesitados, al medio ambiente y a la eficiencia del sector productivo. Por ello, el proyecto de ley aborda esta cuestión desde un enfoque de prevención y concienciación, involucrando a todos los actores de la cadena alimentaria.
Ley de Prevención de las Pérdidas | fomentar la redistribución
La ley establece una jerarquía clara en el destino de los alimentos que se conviertan en desperdicio. La prioridad es el consumo humano, promoviendo la donación o redistribución de alimentos para satisfacer las necesidades de la población más vulnerable. En escalones posteriores, se considera la transformación de alimentos en productos como zumos y mermeladas, y si no son aptos para el consumo humano, su uso para alimentación animal, fabricación de piensos, compostaje o producción de biocombustibles.
Una de las medidas más destacables es la obligación de las empresas de hostelería de facilitar que los consumidores se lleven los alimentos no consumidos sin costo adicional. Promoviendo el uso de envases reutilizables o fácilmente reciclables. Además, se fomenta la venta de productos imperfectos, de temporada, de proximidad o ecológicos. Del mismo modo, se facilitará la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.
Régimen sancionador | plan de prevención de pérdidas y desperdicio
El proyecto de ley también incluye un régimen sancionador, aunque su objetivo principal es la concienciación y sensibilización. Esta iniciativa se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU y el compromiso de España con la Agenda 2030, que establece la meta de reducir a la mitad el desperdicio de alimentos por habitante y en las cadenas de producción y suministro para el año 2030.
En términos prácticos, la nueva ley exigirá a todos los agentes de la cadena alimentaria contar con un plan de prevención de pérdidas y desperdicio. Las empresas deberán realizar un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identificar áreas de pérdida de alimentos e implementar medidas para minimizarlas, siguiendo la jerarquía de prioridades adaptada a cada agente.
Para la donación de excedentes de alimentos, se fomentará la firma de convenios de colaboración con entidades sociales y bancos de alimentos. Se establecerán condiciones claras para la recogida, transporte y almacenamiento de los productos. Se exceptúan de esta obligación los establecimientos con una superficie de venta al público inferior o igual a 1.300 m2.
Buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos
El proyecto de ley también establece medidas de buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos, incluyendo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y consumo preferente. Además, el Gobierno deberá elaborar un Plan Estratégico para la prevención y reducción del desperdicio alimentario, que se revisará cada cuatro años, definiendo la estrategia general y las orientaciones para las comunidades autónomas.
Según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en 2022 los hogares españoles registraron un desperdicio total de 1.170,45 millones de kilos o litros de alimentos, lo que refleja una disminución en comparación con años anteriores, pero aún indica la necesidad de continuar con esfuerzos de sensibilización y educación para un aprovechamiento más eficiente de los alimentos y una cadena alimentaria más sostenible.