Convenios de Doble Imposición (CDI) entre el Reino de España y la República del Paraguay (TOL10.122.972)

ag. 2, 2024

Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Santo Domingo el 25 de marzo de 2023 ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de julio de 2024). Dados los vínculos históricos, culturales, políticos y económicos de España con sus antiguos territorios de Iberoamérica, parece lógico que se dispusiera en los momentos actuales de una red completa de Convenios de Doble Imposición (CDI) firmados con todos los Estados de la Región. Sin embargo, diferentes causas, supuesto de la existencia en algunos de esos Estados hasta hace pocas fechas de regímenes territoriales de imposición, supuesto de Honduras; la resistencia a perder un impuesto de amplia capacidad recaudatoria, caso de Perú o, como en el ejemplo de Paraguay, la tardía modernización de su sistema tributario, explican que todavía haya huecos por rellenar en nuestra Red de CDI con los pueblos hermanos de Iberoamérica. El CDI con Paraguay (del que se sorprende se haya firmado en la República Dominicana) sigue, en general, la estructura y contenidos del Modelo de CDI de la OCDE actualizado a las reglas BEPS, como demuestran, entre otras características, la mención a la "prevención de la evasión o elusión fiscal" entre las finalidades del Convenio bilateral, la inclusión de una amplia cláusula de limitación de beneficios, LOB o el desarrollo del intercambio de información tributaria . . .

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