Sobre la inexistencia de nexo causal entre el fallecimiento de un hombre en el barrio de La Torre durante el temporal con los hechos denunciados. Denuncia a la Aemet, CHJ y Emergencias.
El Juzgado de Instrucción número 20 de Valencia ha desestimado la inhibición planteada por el Juzgado de Instrucción número 15 en relación con la denuncia presentada por Manos Limpias contra la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de Emergencias. La denuncia se refería a la gestión previa a la DANA que afectó a Valencia el pasado 29 de octubre.
El magistrado considera que no existe una “base objetiva ni indiciaria mínima” que justifique un nexo causal entre las actuaciones denunciadas y el fallecimiento de un hombre en el barrio de La Torre, sobre el cual su juzgado ya había abierto diligencias el 30 de octubre.
Fundamentación de la resolución
En su auto, el juez sostiene que las circunstancias del fallecimiento del vecino de La Torre son independientes de los hechos denunciados. Argumenta que la inundación que afectó al barrio ocurrió horas antes de la muerte, estimada por el informe forense entre las 3 y las 4 de la madrugada del día 30. Asimismo, señala que la alerta roja emitida por Aemet y el mensaje de Emergencias que informaba sobre el riesgo se difundieron horas antes del inicio del turno de guardia del Juzgado de Instrucción número 20.
El magistrado subraya que, según los datos recabados, no puede apreciarse una relación de causalidad suficiente para acumular la denuncia de Manos Limpias, que abarca el total de fallecidos en la provincia durante el temporal. Destaca que su juzgado está investigando exclusivamente un fallecimiento, mientras que los demás casos competen a otros juzgados.
Limitación de la competencia del juzgado
El auto establece que la investigación del Juzgado de Instrucción número 20 se circunscribe al fallecimiento registrado en La Torre. Además, aclara que los demás decesos corresponden a distintos partidos judiciales de la provincia. Estos decesos se están investigando por una veintena de juzgados.
La resolución, notificada el pasado jueves, puede recurrirse mediante reforma ante el mismo juzgado o, subsidiariamente, en apelación.
Fuente. CGPJ.