El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional que las madres biológicas de familias monoparentales trabajadoras por cuenta ajena no puedan extender su permiso por nacimiento y cuidado de hijo más allá de 16 semanas. Esta decisión busca garantizar igualdad de derechos en estas situaciones. La sentencia, redactada por la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, responde a una cuestión planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Este tribunal consideraba que la normativa vigente era discriminatoria.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña argumentaba que el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, junto con el artículo 177 de la Ley General de la Seguridad Social, establecía un trato desigual hacia los menores de familias monoparentales. Según el tribunal, estos niños recibirían menos tiempo de cuidado que los de familias biparentales, a pesar de tener las mismas necesidades. También señalaba que esta regulación, aunque formalmente neutra, afectaba negativamente a las mujeres trabajadoras, quienes lideran la mayoría de estas familias.
Extensión del permiso por nacimiento
El fallo del Constitucional subraya que el legislador tiene libertad para diseñar el sistema de Seguridad Social. Sin embargo, debe hacerlo respetando los principios de igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 14 de la Constitución. La omisión de un régimen específico para las familias monoparentales genera un trato desigual injustificado. Esto afecta negativamente a los niños y niñas de estas familias, ya que el permiso de maternidad se limita a 16 semanas. Asimismo, esta duración es insuficiente para garantizar una igualdad de cuidados en comparación con los menores de familias biparentales.
El Constitucional extiende el permiso por nacimiento y cuidado de las familias monoparentales
La sentencia establece que, hasta que se reforme la normativa, el permiso de 16 semanas de la madre biológica debe ampliarse. Se sumarán las 10 semanas adicionales que corresponderían al otro progenitor en una familia biparental, excluyendo las seis primeras semanas obligatorias. Los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera han anunciado la presentación de votos particulares concurrentes. Esta decisión obliga al legislador a modificar la normativa para garantizar la igualdad de trato.