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Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras | Derogada la exención para la Iglesia Católica

Publicada en el BOE la Orden que deroga la exención para la Iglesia Católica del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras

Publicat: 6 de novembre de 2023

Orden HFP/1193/2023, de 31 de octubre, por la que se deroga la Orden de 2001 sobre exenciones del Impuesto sobre Construcciones en el Acuerdo Estado-Santa Sede de 1979. TOL9.749.394

Tiene como objetivo principal derogar una orden anterior relacionada con exenciones fiscales aplicables a la Iglesia Católica en virtud de un acuerdo con la Santa Sede.

Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras

Exposición de Motivos:

Antecedentes Históricos:

    • El Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede de 1979 eximía a la Iglesia Católica de ciertos impuestos sobre la renta, patrimonio y otros de carácter real o de producto.
    • Posteriormente, surgió el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), no contemplado inicialmente en el Acuerdo, ya que se creó en 1988.
    • El Tribunal Supremo español interpretó que el ICIO también estaba cubierto por las exenciones del Acuerdo, lo cual fue formalizado en la Orden del Ministerio de Hacienda de 2001.

Desarrollos Legales y Jurisprudenciales:

    • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mediante una sentencia de 2017, limitó la aplicación de dichas exenciones, adecuándolas al derecho comunitario.

Modificaciones Recientes:

    • En marzo de 2023, el Gobierno español y la Conferencia Episcopal acordaron renunciar a estas exenciones fiscales para alinear las prácticas fiscales de la Iglesia Católica con las de otras entidades sin ánimo de lucro.

Orden HFP/1193/2023, derogada la exención sobre el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras| Artículo Único:

Derogación de la Orden del Ministerio de Hacienda de 5 de junio de 2001, por la que se aclara la inclusión del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en la letra B) del apartado 1 del artículo IV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979. Disposición Final Única:

Se deroga la Orden del Ministerio de Hacienda de 5 de junio de 2001, por la que se aclara la inclusión del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en la letra B) del apartado 1 del artículo IV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979.

  • La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Consideraciones de la Orden:

Esta medida sigue los principios de buena regulación, asegurando necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia en la administración pública. Asimismo, se aclara que el documento es informativo y no representa un texto oficial, declinando responsabilidad por posibles inexactitudes.

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