TAS5920Re: DELITO COMETIDO POR MENOR QUE HA ALCANZA LA MAYORIA DE ESi cometió los hechos siendo menor de 14 años es inimputable.En los delitos cometidos entre los 14 y 17 años y, por lo que afecta a la prescripción se aplica el art. 15 de la LORPM que, en determinados delitos, remite a la prescripción prevista en el CP, así: Artículo 15. De la prescripción. 1. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben:1.º Con arreglo a las normas contenidas en el Código Penal, cuando se trate de los hechos delictivos tipificados en los artículos 138, 139, 179, 180 y 571 a 580 del Código Penal o cualquier otro sancionado en el Código Penal o en las leyes penales especiales con pena de prisión igual o superior a quince años.2.º A los cinco años, cuando se trate de un delito grave sancionado en el Código Penal con pena superior a diez años.3.º A los tres años, cuando se trate de cualquier otro delito grave.4.º Al año, cuando se trate de un delito menos grave.5.º A los tres meses, cuando se trate de una falta.2. Las medidas que tengan una duración superior a los dos años prescribirán a los tres años. Las restantes medidas prescribirán a los dos años, excepto la amonestación, las prestaciones en beneficio de la comunidad y la permanencia de fin de semana, que prescribirán al año.-----------http://foros.tirant.com/viewtopic.php?f=106&t=54032 . . .
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