Derechos a la intimidad y a la propia imagen. Presencia de elemento extranjero en el litigio. Competencia judicial internacional y ley aplicable. Fotografías subidas a la cuenta de Facebook por el cónyuge. Trascendencia de los usos sociales. La conducta de la demandante llevó a su cónyuge, hoy demandado, al convencimiento de que la demandante consentía la publicación de su imagen en la cuenta de Facebook del demandado. La relación de pareja supone un contexto relevante para el ejercicio de los derechos a la intimidad y a la propia imagen porque supone compartir ámbitos de intimidad entre ambos cónyuges y condiciona lo que pueda considerarse como actos concluyentes de prestación de consentimiento. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 907/2024 – Num. Proc.: 7054/2023 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL10.081.650)

jul. 14, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 907/2024

Fecha de sentencia: 24/06/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 7054/2023

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 19/06/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena

Procedencia: Audiencia Provincial de Huesca, Sección Primera

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

Transcrito por: ACS

Nota:

CASACIÓN núm.: 7054/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 907/2024

Excmos. Sres.

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Pedro José Vela Torres

En Madrid, a 24 de junio de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación respecto de la sentencia 124/2023, de 7 de junio, dictada en grado de apelación por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huesca, como consecuencia de autos de juicio ordinario núm. 307/2022 del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huesca, sobre protección de los derechos a la intimidad y a la propia imagen.

Es parte recurrente D.ª Ariadna, representada por el procurador D. Ignacio Tartón Ramírez y bajo la dirección letrada de D. Mario Bonacho Caballero y D.ª Marisa Herrero-Tejedor Albert.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.

1.- El procurador D. Ignacio Tartón Ramírez, en nombre y representación de D.ª Ariadna, interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Alejandro, en la que solicitaba se dictara sentencia:

"[...] por la que:

" 1) Se declare la existencia de intromisión ilegítima, por parte del demandado en el derecho a la intimidad y la propia imagen, de Dña. Ariadna al amparo de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, y de conformidad con el art. 18.1 de la Constitución Española;

" 2) Sea declarada procedente indemnización de daños y perjuicios en la cantidad de diez mil euros (10.000 €) por parte de D. Alejandro por dicha vulneración.

" 3) Se condene al demandado a la cesación de dichos comportamientos conculcadores del derecho a la intimidad y a la propia imagen de nuestra representada, y se le condene a que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar actos semejantes.

4) Se condene al demandado a la eliminación de todas y cada una de las imágenes que haya difundido en redes sociales de nuestra mandante.

" 5) Se condene en costas al demandado".

2.- La demanda fue presentada el 29 de abril de 2022 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huesca, fue registrada con el núm. 307/2022. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.

3.- El Ministerio Fiscal emitió informe contestando a la demanda.

La procuradora D.ª María del Mar Pascual Obis, en representación de D. Alejandro, contestó a la demanda, solicitando su desestimación y la expresa condena en costas a la demandante.

4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la Magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huesca, dictó sentencia 48/2023, de 17 de marzo, que desestimó la demanda, con imposición de costas a la parte demandante.

SEGUNDO.- Tramitación en segunda instancia.

1.- La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por la representación de D.ª Ariadna. El Ministerio Fiscal y la representación de D. Alejandro se opusieron al recurso.

2.- La resolución de este recurso correspondió a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huesca, que lo tramitó con el número de rollo 149/2023, y . . .

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