Juicio delito leve por usurpación. Mi cliente acudió al descubrir que una vivienda de campo que no es domicilio habitual a interponer denuncia porque dicho inmueble estaba ocupado por dos personas. La guardia civil tomo nota de la denuncia y ahora lo han citado para un juicio de delito leve de usurpación. Mis dudas son las siguientes: Mi cliente que interpuso la denuncia no es el titular de la vivienda ya que está a nombre de los dos hijos. Al juicio han sido citados mi cliente (no es actual propietario) y uno de los hijos. Puede haber algún problema en el desarrollo del juicio por esta cuestión y si es así como se debe actuar procesalmente?Si el juez no apreciase la usurpación podemos recurrir a la vía civil? (TOL9.807.903)

gen. 5, 2024

TAS5920Re: Juicio delito leve por usurpaciónAl juicio han sido citados mi cliente (no es actual propietario) y uno de los hijos. Puede haber algún problema en el desarrollo del juicio por esta cuestión y si es así como se debe actuar procesalmente?El delito de usurpación no es un delito de carácter semipúblico o semiprivado que exija para su persecución la previa denuncia de la persona agraviada, esto es cualquier persona podrá interponer la denuncia, si ha tenido conocimiento de que se ha perpetrado un delito, en este caso el padre está legitimado para denunciar. Lo normal es que además, el Misterio Público formule también acusación.En cualquier caso, para evitar problemas puede presentar escrito en defensa de los intereses de los hijos, acreditando que estos ostentan la propiedad (certificado registral) y personándose en el procedimiento como acusación particular.Además, aunque el juzgado únicamente hubiera citado un testigo, usted puede acudir al juicio con los testigos que considere, es decir , podrá solicitar la testifical del otro hijo propietario no citado. Lo importante es que los propietarios hagan constar en el juicio su voluntad contraria a tolerar la ocupación ilegítima del inmueble, previa o posterior al acceso ilegítimo, pues este es un elemento objetivo del tipo penal.Si el juez no apreciase la usurpación podemos recurrir a la vía civil? Si-----------http://foros.tirant.com/viewtopic.php?f=106&t=52338 . . .

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