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Sección: ROS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL
Plaza de San Agustín Nº 6
Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928 30 64 00
Fax.: 928 30 64 08
Email: [email protected]
Rollo: Recursos de Suplicación
Nº Rollo: 0000191/2023
NIG: 3501644420210006720
Materia: Despido
Resolución:Sentencia 000867/2023
Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000601/2021-00
Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria
Recurrente: Balbino; Abogado: CARMEN ROSA LORENZO DE ARMAS
Recurrente: ACCIONA CONSTRUCCION S.A.; Abogado: LORENA DELGADO RAMOS
FOGASA: FOGASA; Abogado: ABOGACÍA DEL ESTADO DE FOGASA LAS PALMAS
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En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 2023.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. ÓSCAR GONZÁLEZ PRIETO, Dña. YOLANDA ÁLVAREZ DEL VAYO ALONSO y Dña. GLORIA POYATOS MATAS, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 0000191/2023, interpuesto por D. Balbino y ACCIONA CONSTRUCCION S.A., frente a Sentencia 000418/2022 del Juzgado de lo Social Nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000601/2021-00 en reclamación de Despido siendo Ponente la ILTMA. SRA. Dña. GLORIA POYATOS MATAS.
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PRIMERO.- Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Balbino, en reclamación de Despido siendo demandados FOGASA y ACCIONA CONSTRUCCION S.A. y celebrado juicio y dictada Sentencia ?estimatoria parcial, el día 28/09/22, por el Juzgado de referencia.
SEGUNDO.- En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- La parte actora ha venido trabajando para la empresa demandada en la actividad de CONSTRUCCIÓN, con la categoría profesional de Ingeniero Técnico - Topógrafo, con una antigüedad de 07/08/2000,relación laboral de carácter indefinido y a tiempo completo, con un salario de 38.669,60 euros brutos al año, 3.222,45 euros mensual prorrateado.
(no controvertido)
SEGUNDO.- Al margen de los conceptos salariales reflejados en nómina el actor percibía una retribución variable en concepto de bonus anual y salario en especie consistente en disfrute de vehículo de empresa.
Desde el inicio de la relación laboral el actor ha prestado servicios, sin solución de continuidad, para distintas empresas del GRUPO ACCIONA conforme al siguiente iter contractual:
07.08.2000 a 04.05.2001 GRUPO ACCIONA, S.A.
21.05.2001 a 31.07.2001 DIRECCION007.
01.08.2001 a 31.01.2002 DIRECCION008.
01.02.2002 a 10.05.2002 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
17.06.2002 a 31.07.2005 DIRECCION007.
01.08.2005 a 31.08.2007 DIRECCION008.
01.09.2007 a 30.04.2009 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
01.05.2009 a 30.09.2009 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
01.10.2009 a 31.10.2009 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
01.11.2009 a 30.04.2015 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
01.05.2015 a 03.06.2021 ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A.
Durante la prestación de servicios el actor y en función de la obra de adscripción ha asumido indistintamente funciones de Topógrafo y/o de Jefe de Topografía, con carácter habitual en la Isla de Gran Canaria y en otras islas del archipiélago en virtud de desplazamientos temporales
(no controvertido)
TERCERO.- En fecha 27/05/2021, Don Cornelio, le propone la posibilidad de acordar su traslado a la Isla de la Gomera, manifestándole el actor desagrado
(declaración de Don Cornelio).
CUARTO.- En fecha 03/06/2021 a las 08:04 el actor presentó solicitud de reducción de jornada por guarda legal de menor de conformidad con lo . . .
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