CONTESTACIÓNLa presente contestación no entra a analizar, por no ser objeto de consulta ni aportar información al respecto, si concurren o no los requisitos necesarios para la aplicación de la exención regulada en la letra p) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de...
Consulta número: V3262-23. El consultante adquirió en 1996 una vivienda en Madrid que destinó a residencia habitual hasta el 2010, cuando por motivos laborales se trasladó a Navarra. Desde entonces esta vivienda ha sido arrendada, consignándola como tal en su declaración de IRPF hasta enero de 2023, fecha en la que regresa a Madrid y reside de nuevo en ella. Actualmente se plantea su venta y reinvertir el importe obtenido en su nueva vivienda habitual.Cuestión Planteada: Si, en caso de obtener una ganancia patrimonial con la venta, se puede beneficiar de la exención por reinversión en vivienda habitual.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.637)
CONTESTACIÓNLa exención por reinversión en vivienda habitual viene regulada en el artículo 38.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre...
Consulta número: V3261-23. Persona física, mayor de 65 años, que pretende donar a su hijo acciones de una sociedad en la que también participan su propio hijo y su cónyuge.Cuestión Planteada: Si puede resultar aplicable a la donación lo previsto en el artículo 33.3.c) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.636)
CONTESTACIÓNLa letra c) del apartado 3 del artículo 33 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el...
Consulta número: V3259-23. El consultante es arrendatario de una vivienda mediante un contrato de arrendamiento de renta antigua. Le van a pagar una cantidad de dinero para que abandone el inmueble y extinguir así el arrendamiento.Cuestión Planteada: Tributación de la indemnización en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.634)
CONTESTACIÓNLa percepción por el arrendatario de una cantidad (indemnización) que le satisface el propietario por la renuncia a sus derechos arrendaticios, resolviendo el contrato de alquiler para así disponer libremente de la vivienda constituye para aquél una...
Consulta número: V3264-23. Indica la consultante que viene ejerciendo una actividad agrícola ganadera por la que tributa en régimen de estimación objetiva. Señala además que “la Gestoría del Banco ha cometido el error de no aplicar los beneficios fiscales en el plazo establecido y por consiguiente la Junta de Extremadura me gira una liquidación provisional en relación al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales”.Cuestión Planteada: Al aceptar la compañía aseguradora de la responsabilidad civil de la gestoría indemnizarle por el perjuicio causado, pregunta sobre la tributación de la indemnización en el IRPF.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.639)
CONTESTACIÓNDe los datos aportados en el escrito de consulta, y que se corresponden con lo referido en el apartado “descripción sucinta de hechos”, cabe entender que la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales girada a la consultante se corresponde...
Consulta número: V3263-23. En los últimos años, la consultante ha realizado unas obras para mejorar la eficiencia energética de su vivienda habitual. Dichas actuaciones comenzaron con la sustitución de ventanas y continuaron con la instalación de unas placas solares en octubre de 2020 y de una batería de litio en abril de 2022. Así mismo, equipó la vivienda con una instalación de energía geotérmica en abril de 2023. La consultante señala que no está en posesión del certificado energético previo a las obras que exige la normativa para la aplicación de la deducción por obras para la mejora de la eficiencia energética en viviendas prevista en la disposición adicional 50ª de la LIRPF.Cuestión Planteada: Posibilidad de aplicarse la citada deducción.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.638)
CONTESTACIÓNEl Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE del día 6) ha modificado la Ley 35/2006, de 28 de...
Consulta número: V3269-23. Durante el año 2022, el consultante instaló unas placas solares en su vivienda habitual por un importe de 15.000 euros. A consecuencia de ello, en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2022, se aplicó la deducción por obras de rehabilitación energética prevista en el apartado 3 de la disposición adicional 50ª de la LIRPF, integrando en la base de deducción un importe de 5.000 euros, de acuerdo con el límite de base anual de deducción previsto en la normativa. El consultante señala que las cantidades que excedan de dicho límite serán objeto de deducción en las declaraciones de la renta de los ejercicios 2023 y 2024, integrando, en cada uno de esos períodos impositivos, un importe de 5.000 euros como base de deducción. Por otro lado, el consultante manifiesta que tiene pensado instalar un sistema de aerotermia en su vivienda con el fin de reducir el consumo de energía primaria no renovable en más de un 30 por ciento.Cuestión Planteada: Posibilidad de aplicarse la deducción por obras para la mejora de la eficiencia energética en viviendas por las obras realizadas para la instalación del sistema de aerotermia.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.644)
CONTESTACIÓNEl Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE del día 6) ha modificado la Ley 35/2006, de 28 de...
Consulta número: V3267-23. La consultante ejerce una actividad agrícola, determinando el rendimiento neto de la misma por el método de estimación objetiva.Pretende iniciar otra actividad económica de “otros cafés y bares”, determinando el rendimiento neto de esta por el método de estimación directa simplificada.Cuestión Planteada: Si podría seguir determinando el rendimiento neto de la actividad agrícola por el método de estimación objetiva.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.642)
CONTESTACIÓNEn el caso de que, ya sea por exclusión o por renuncia, la consultante determinase el rendimiento neto de la nueva actividad por el método de estimación directa se produciría la incompatibilidad entre la estimación objetiva y la estimación directa,...
Consulta número: V3266-23. Consultante con dos viviendas en propiedad, una de ellas (vivienda A) viene siendo su residencia habitual desde febrero de 2020, si bien en febrero de 2024 tiene pensado trasladarse por motivos laborales a la ciudad donde se encuentra su segunda vivienda en propiedad (vivienda B) y pasar a residir en ella desde esta fecha. Según indica, vendería la vivienda A en enero de 2026 (“antes de que hayan transcurrido dos años desde que dejó de ser su vivienda habitual”) por 200.000 euros y la vivienda B en marzo de 2027, una vez hayan transcurrido tres años residiendo en ella de forma habitual, por un importe de 240.000 euros. Asimismo, su intención es adquirir en enero de 2026 un terreno por 100.000 euros con el objeto de construir en él una nueva vivienda (vivienda C) por un total de 350.000 euros, excluyendo el valor del suelo; esta le sería entregada en abril de 2027 y desde entonces pasaría a ser su vivienda habitual.Cuestión Planteada: Si resulta aplicable la exención por reinversión a las ganancias patrimoniales que se generen en las ventas respectivas de las viviendas A y B.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.641)
CONTESTACIÓNLa exención por reinversión en vivienda habitual se regula en el artículo 38 de la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobada por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, (BOE de 29 de noviembre), en adelante LIRPF, y, en su desarrollo, en...
Consulta número: V3268-23. El Ayuntamiento consultante satisface a su personal laboral y funcionario determinadas ayudas correspondientes a gastos o tratamientos médicos no cubiertos por el sistema público de salud.Cuestión Planteada: Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de dichas ayudas.Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (TOL9.867.643)
CONTESTACIÓNEl artículo 17.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), en...