Impugnación del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio. Derecho de conformidad previa de los centros hospitalarios privados a los aspirantes que pretendan acceder a plazas de esos centros incluidas en la convocatoria para la formación sanitaria especializada MIR. Omisión de trámite de audiencia final de interesados por cambio sustancial en el texto sometido a audiencia e información pública.
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Tercera
Sentencia núm. 1.262/2023
Fecha de sentencia: 16/10/2023
Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/d)
Número del procedimiento: 848/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 10/10/2023
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo
Procedencia: CONSEJO MINISTROS
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López
Transcrito por: MMC
Nota:
REC.ORDINARIO(c/d) núm.: 848/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Tercera
Sentencia núm. 1262/2023
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente
D. Luis María Díez-Picazo Giménez
D.ª María del Pilar Teso Gamella
D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo
D. José Luis Requero Ibáñez
En Madrid, a 16 de octubre de 2023.
Esta Sala ha visto el recurso contencioso-administrativo nº 848/2022 interpuesto por la Universidad de Navarra, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Iciar de la Peña Argacha y defendida por el letrado don Fernando Domingo Oslé, contra el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud, publicado en el BOE el 20 de julio de 2022, núm. 173.
Ha sido parte recurrida la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.
PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso contra el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
SEGUNDO.- Recibido el expediente administrativo, y con entrega del mismo a la parte recurrente, se confirió trámite para la formulación del correspondiente escrito de demanda.
En el escrito de demanda se solicita que se dicte:" SENTENCIA ESTIMATORIA acordando:
1º) Declarar la NULIDAD de pleno derecho de los artículos 16, apartados 1 a 4, 23.2, 25, disposición derogatoria única, apartados b), d) y f), y demás preceptos concordantes, del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 20 de julio de 2022, núm. 173 (por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo t . . .
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