<

Condenado por extorsionar a usuarios en una web de contactos

Extorsión a usuarios: cinco años de prisión para un hombre en Pamplona por amenazar a víctimas a través de una web de contactos.

Publicat: 8 de maig de 2025

Cinco víctimas coaccionadas mediante anuncios falsos: extorsión a usuarios

El Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha condenado a un hombre a cinco años de prisión por extorsionar a cinco usuarios que habían publicado anuncios en páginas web de contactos. La resolución se dictó por conformidad entre la Fiscalía y las defensas, y aplica el artículo 76 del Código Penal, que limita el cumplimiento efectivo de la pena a tres años, al tratarse de delitos homogéneos.

Modus operandi: suplantación y amenazas

La sentencia declara probado que personas no identificadas publicaron anuncios falsos en portales de chicas de compañía para obtener números de teléfono de potenciales víctimas. A partir de estos contactos, las víctimas recibían amenazas si no transferían determinadas cantidades de dinero.

El principal acusado era quien recibía los ingresos derivados de estas coacciones. Los fondos eran transferidos a una cuenta corriente de su titularidad, desde donde los retiraba de inmediato mediante cajeros automáticos o ventanilla. En paralelo, otros dos individuos colaboraron proporcionando cuentas bancarias para facilitar el movimiento del dinero.

Delito de blanqueo de capitales por imprudencia

Además de la condena por extorsión, los otros dos encausados han sido condenados a seis meses de prisión por un delito de blanqueo de capitales cometido por imprudencia. Uno de ellos permitió que se ingresaran fondos ilícitos en una cuenta de su titularidad, sin verificar su procedencia. El otro, por su parte, transfirió 3.000 euros de procedencia ilícita al principal condenado tras recibirlos en su cuenta.

Indemnizaciones civiles a las víctimas

El fallo impone también el pago de indemnizaciones a las víctimas. El principal condenado deberá abonar un total de 43.737,21 euros, distribuidos entre las cinco personas afectadas. La magistrada ha autorizado el fraccionamiento del pago, exigiendo un primer abono de 10.000 euros en el plazo de un mes, mientras que el resto se establecerá en ejecución de sentencia.

Los otros dos condenados deberán satisfacer 500 y 3.000 euros, respectivamente, en concepto de responsabilidad civil.

Fundamento jurídico de la condena

La calificación jurídica se sustenta en el artículo 243 del Código Penal, que sanciona la extorsión cuando se obliga a una persona, con intimidación, a realizar un acto o negocio jurídico en perjuicio propio o ajeno. La acumulación de cinco delitos permitió individualizar la pena en un año por cada ilícito, aplicando el límite de cumplimiento previsto en el artículo 76.

Fuente: CGPJ.

Últimes entrades publicades

caducidad procedimiento

El Tribunal Supremo establece la obligación de declarar la caducidad de un procedimiento tributario

by | des. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha establecido que, para iniciar un nuevo procedimiento, es preceptiva la declaración de caducidad del anterior.

contratos con consumidores

Costas en las cláusulas abusivas en contratos con consumidores

by | des. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo refuerza la protección en contratos con consumidores al anular una cláusula de gastos hipotecarios por falta de transparencia y equilibrio

oferta laboral

El TSJ de La Rioja condena incumplimiento injustificado de una oferta laboral

by | des. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSJ de La Rioja condena a una empresa por rescindir de una oferta laboral ofrecida a una trabajadora 5 días antes de comenzar.

frenar una pelea escolar

Sin indemnización por lesionarse al frenar una pelea escolar

by | des. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSJ de Murcia rechaza indemnizar a una profesora lesionada al frenar una pelea escolar, al considerar que el centro actuó con la prevención debida y fue un caso fortuito

ineptitud sobrevenida

Nulidad del despido por ineptitud sobrevenida por discapacidad

by | des. 12, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador declarado no apto por ineptitud sobrevenida, al considerar que la empresa no adoptó ajustes...

comida y bebida festival

Nulidad de la prohibición de acceso con comida y bebida a un festival

by | des. 12, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Un juez de Valencia ha establecido la prohibición de acceso a un festival con comida y bebida, tras una reclamación de FACUA.