Llega la IA Generativa al universo jurídico Tirant PRIME

  • La plataforma legaltech Tirant Prime, se expande para ofrecer lo último en innovación y tecnología jurídica. 
  • Con esta llegada también se presenta una nueva solución jurídica, única en el mercado, especializada en el marketing jurídico.
  • Puede solicitar una demo de funcionamiento sin compromiso. CLIC AQUÍ PARA DEMO.

Tirant lo Blanch da un paso más hacia el futuro en la práctica legal e incorpora IA generativa a su plataforma Tirant Prime.
La IA Generativa es una rama de la Inteligencia Artificial que genera contenido original a partir de datos existentes. Esta tecnología utiliza algoritmos y redes neuronales avanzadas.
El incorporar la IA Generativa en varias de nuestras soluciones transforma el universo legaltech jurídico de Tirant, siempre reafirmando nuestro compromiso con la excelencia de los contenidos y con la vanguardia tecnológica.

Además, con la llegada de la IA Generativa, se incorpora una nueva solución única en el mundo T-CONECTA, la herramienta especializada en marketing jurídico para abogados y despachos. 


La IA Generativa se ha incorporado en 4 soluciones del universo Tirant Prime: Sof-IA, la base de datos, el Gestor de Despachos y T-Conecta.

Asistencia Jurídica Inteligente en su día a día con Sof-IA 

Con la integración de la IA generativa más avanzada, SOFÍA evoluciona a Sof-IA.
Ahora, además de la IA Analítica de Sof-IA, se añaden una decena de funcionalidades que transforman la forma de trabajar con cualquier documento jurídico. Desde mejorar y simplificar textos, hasta corregir ortografía y gramática, sugerir mejoras o sinónimos, ajustar la longitud y añadir elementos, Sof-IA lleva la asistencia legal a un nuevo nivel. 

Además, Sof-IA tiene la capacidad esquematizar, relacionar ideas, generar títulos de secciones, añadir contexto, resumir, identificar ideas principales y crear diagramas conceptuales. 

Sof-IA se convierte en la aliada definitiva para los profesionales del derecho.

Búsquedas como nunca se habían visto

Hasta ahora, la base de datos contaba con un sistema de búsqueda intuitivo y avanzado que nos daba resultados concretos de manera sencilla.

A partir de ahora sus búsquedas alcanzarán un nuevo nivel gracias a la IA generativa integrada. ¿Cómo? Enriqueciéndola y haciéndola más precisa; con un solo clic, Tirant le ofrecerá un resumen del concepto de su búsqueda y, además, le seleccionará la documentación legislativa, jurisprudencial, doctrinaria más pertinente: así como los formularios más relevantes.
Todo, garantizado por la calidad en los contenidos que definen a Tirant lo Blanch para que los usuarios accedan fácilmente a la información necesaria para abordar cualquier caso legal con confianza y precisión.

Gestión de expedientes o documentos con IA Generativa

La solución jurídica Tirant Gestor de Despachos también incorpora la IA Generativa para trabajar cualquier expediente o documento de su despacho de la manera más ágil.

Todo el trabajo sobre los documentos que genera y recibe un despacho, se verá acompañado de las funciones de IA generativa de Tirant, pudiendo, por ejemplo: resumir cualquier documento recibido, obtener las ideas clave principales o pedirle a la IA una propuesta para un escrito propio o una mejora sobre un borrador existente.

Con Tirant Gestor de Despachos podrá optimizar la eficiencia y la precisión en la gestión de casos legales.

T-Conecta: Simplificando el Marketing Jurídico

Como novedad destacada, Tirant lo Blanch presenta T-Conecta; una solución integral de comunicación y marketing que simplifica la gestión de los boletines informativos de los despachos, las redes sociales y el posicionamiento en Google. Y todo ello, con la IA generativa al servicio de la creación de contenidos.

Para ello, Tirant propone con T-Conecta contar con una plataforma única donde los despachos podrán generar su propio contenido y también utilizar el que un equipo de expertos juristas de Tirant genera a diario. El objetivo es simplificar al máximo las tareas de posicionamiento, marketing y, sobre todo, comunicación de alta calidad con los clientes.

T-Conecta, además, gracias a la IA generativa, ofrece la posibilidad de personalizar, editar y reformular este contenido en un clic. Y, aún más, se puede adaptar el contenido a las diferentes redes sociales y optimizarlo para para obtener mayor visibilidad en Google también gracias a la IA. 

T-Conecta es una solución única en el mundo que simplifica e integra el marketing de los despachos de abogados asegurando siempre la calidad del contenido.

Tirant PRIME se E X P A N D E. Llega la IA generativa.

Desde hoy, 9 de abril, ya puede disfrutar de la Inteligencia Artificial Generativa disponible en PRIME. Esta innovadora funcionalidad está ahora integrada en la bases de datos, el Gestor de Despachos, Sof-ÍA y en la nueva solución T-Conecta, ofreciendo grandes mejoras en su trabajo diario.

Nueva solución, única en el mercado: T- CONECTA

Como novedad destacada llega T-Conecta, una solución integral que gestiona el marketing de su despacho. Nuestro equipo de redactores jurídicos, expertos en marketing para abogados, generarán para usted contenido de calidad y actualidad. Y no solo eso, también podrá crear sus propias publicaciones y envío de newsletter con el editor de textos dotado de IA generativa jurídica.

¿Qué beneficios aporta? 

Su despacho será fácilmente localizable en los principales buscadores web, lo que facilitará la conexión con sus clientes habituales y la captación de nuevos. Además, mediante el uso de Inteligencia Artificial Generativa, se generarán automáticamente artículos, noticias e imágenes relevantes dentro del ámbito jurídico seleccionado, añadiendo valor a su presencia en línea.

Base de Datos 

Ahora el sistema de búsqueda de PRIME arroja resultados más precisos y de calidad de un solo vistazo, permitiéndole acceder fácilmente a la información esencial necesaria con confianza y precisión.

Las búsquedas que antes arrojaban más de 10.000 posibles resultados se resumirán en un detalle con el que se ahorrará horas de trabajo.  

Sof-IA

SOFÍA evoluciona a Sof-IA para transformar su forma de trabajar cualquier sentencia o texto jurídico. Resuma, extraiga ideas clave, esquematice, añada contexto y mucho más con la I.A generativa más avanzada.

Gestión de Despachos 

Además de disfrutar de las nuevas funcionalidad de Sof-IA, podrá disponer también de las mejoras significativas que experimenta el Gestor de Despachos, como la firma digital de documentos en el editor y la corrección ortográfica integrada.

¿Cómo puedo aprender a usar eficazmente la potencia de la IA?

Dispone de varias posibilidades horarias y en diferentes días para apuntarse a las demos de funcionamiento. Agende su demo online y descubra todo el potencial de la IA generativa.

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Tirant Prime es… Inteligencia Jurídica en Expansión.

La calidad de siempre, como nunca la había visto.

Principales novedades fiscales publicadas durante marzo de 2024

ÍNDICE:

  • NORMATIVA NACIONAL

  • INFORMACIÓN AEAT

  • SELECCIÓN DE SENTENCIAS

    • Tribunal de Justicia de la Unión Europea

    • Tribunal Supremo

  • SELECCIÓN RESOLUCIONES DEL TEAC

  • NOTICIAS

  • LIBROS

  • SELECCIÓN CONSULTAS (SERVICIO CONSULTORÍA TIRANT)

NORMATIVA NACIONAL

Corrección de errores del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.

Resolución de 3 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se habilita el sistema para la solicitud electrónica de las compensaciones por la pérdida de recaudación derivada de la exención establecida en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se reconozca a los centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo. TOL9.904.965

Orden HAC/265/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2023, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se regula el reintegro de la ayuda prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma. TOL9.936.264

Documentación relacionada:

Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal" TOL9.936.263

Orden TRM/229/2024, de 5 de marzo, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas TOL9.907.118

Resolución de 3 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se habilita el sistema para la solicitud electrónica de las compensaciones por la pérdida de recaudación derivada de la exención establecida en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se reconozca a los centros docentes acogidos al régimen de concierto educativo. TOL9.904.965

Resolución de 5 de marzo de . . .

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Modificaciones del proceso laboral, proceso penal y jurisdicción voluntaria.

Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo
Introducción

El pasado 20 de diciembre fue publicado el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. El Real Decreto-Ley fue convalidado por Resolución de 10 de enero de 2024 (BOE 12/01/2024).

De acuerdo con la Disposición final novena del Real Decreto-Ley 6/2023, las normas del Título VIII del Libro Primero, dedicado a las «medidas de eficiencia procesal» entraran en vigor a los tres meses de su publicación. Es decir, el 20 de marzo de 2024.

El Título VIII está integrado por los artículos 101 a 104, que modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LRJCA), Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), respectivamente. Por su parte, la Disposición final cuarta modifica la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.

Este resumen lo dedicaremos a las modificaciones que afectan a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y la Ley de la Jurisdicción Voluntaria (LJV).

En la exposición seguiremos el orden de los artículos modificados de la LEC destacando el epígrafe del Título, Capítulo o Sección en el que la modificación se inserta.

MODIFICACIONES DE LA LEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL
De la jurisdicción

Modifica los literales n) y o) del Artículo 2. Ámbito del orden jurisdiccional social.

  • El literal n) actualiza las referencias a los procedimientos previstos en el apartado 5 del artículo 47, en el artículo 47 bis) y en el apartado 7 del artículo 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

  • El literal o) precisa la competencia de la jurisdicción social en materia sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y prestaciones económicas y servicios derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

De la representación y defensa procesales

Modifica el apartado 1 del artículo 18. Intervención en el juicio.

  • Actualiza el otorgamiento de representación a través del registro electrónico de apoderamientos apud acta

Modifica el apartado 2 del artículo 19. Presentación de la demanda y pluralidad de actores o demandados.

  • Actualiza el otorgamiento de representación cuando demandan más de 10 actores a través del registro electrónico de apoderamientos apud acta

Modifica el apartado 2 del artículo 21. Intervención de abogado, graduado social colegiado o procurador.

  • Cuando la parte manifiesta su intención de comparecer asistido o representado de abogado, procurador o graduado social debe indicar los datos de contacto de los respectivos profesionales.

Acumulación de acciones

Modifican los apartados 3, 5 y 7 del artículo 25. Requisitos de la acumulación objetiva y subjetiva de acciones y reconvención.

  • El apartado 3 añade a la presunción de que el título o causa pedir es idéntico o conexo cuando las acciones se funden en una misma o análoga decisión empresarial o en varias decisiones empresariales análogas.

  • El apartado 5, en las demandas derivadas del mismo accidente de trabajo o enfermedad profesional, introduce la obligación de las partes de informar al juzgado o sección . . .

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Modificaciones del proceso proceso contencioso-administrativo

ÁMBITO DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

  • En caso de apreciación de “falta de jurisdicción” del órgano de la jurisdicción Contencioso-administrativa, será necesario interponer demanda

Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 5, que queda redactado del siguiente modo:

«3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, si la nueva demanda que se formule ante el juzgado o tribunal competente del orden jurisdiccional indicado en la referida resolución se presenta en el plazo de un mes desde que fuera notificada, se entenderá presentada en la fecha en que se inició el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo, si se hubiere formulado éste siguiendo las indicaciones de la notificación del acto o ésta fuese defectuosa. Al objeto de acreditar tales extremos la parte interesada podrá solicitar testimonio de los particulares necesarios al órgano judicial que haya dictado la resolución a que se refiere el apartado anterior.»

ÓRGANOS Y COMPETENCIAS

  • Plazo de diez días para comparecer ante el órgano competente en “caso de declaración de incompetencia” por el órgano contencioso-administrativo.

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 7, que queda redactado del siguiente modo:

«3. La declaración de incompetencia adoptará la forma de auto y deberá efectuarse antes de la sentencia, remitiéndose las actuaciones al órgano de la jurisdicción que se estime competente para que ante él siga el curso del proceso, con emplazamiento a las partes para que en el plazo de diez días comparezcan ante el mismo. Si la competencia pudiera corresponder a un tribunal superior en grado, se acompañará una exposición razonada, estándose a lo que resuelva éste.»

REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LAS PARTES

  • Obligación de los “funcionarios” de relacionarse electrónicamente ante los órganos jurisdiccionales cuando comparezcan por sí mismos, sin abogado ni procurador, en defensa de sus derechos estatutarios

Tres. Se modifica el apartado 3 y se añade un nuevo apartado 4 al artículo 23, que quedan redactados como sigue:

«''3. Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles.

En este caso, estarán obligados al empleo de los sistemas electrónicos existentes, tanto para la remisión de escritos, iniciadores o no, y demás documentos, como para la recepción de notificaciones, de forma tal que esté garantizada su autenticidad y quede constancia fehaciente de la remisión y la recepción íntegras, así como de la fecha en que éstas se hicieren.''

  • 4. La representación podrá conferirse “electrónicamente”

''4. En todo caso, la representación prevista en este artículo podrá conferirse electrónicamente a través de los medios establecidos para ello. ‘‘»

ACUMULACIÓN

Cuatro. Se modifica el apartado 2 del artículo 36, que queda redactado del siguiente modo:

  • Mantenimiento de “señalamientos” anteriores a la ampliación del recurso

«2. De esta petición, que producirá la suspensión del curso del procedimiento, el letrado o letrada de la Administración de Justicia dará traslado a las partes para que presenten alegaciones en el plazo común de cinco días. No obstante lo anterior, se mantendrán los señalamientos ya acordados, siempre que la decisión sobre la ampliación se produzca antes de la celebración de aquellos actos y no interfiera en los derechos de las partes ni en el interés de terceros.»

  • Se suprime la referencia al recurso de súplica por el “recurso de reposición” contra las resoluciones sobre acumulación, ampliación y tramitación preferente.

Cinco. Se modifica el artículo 39, que queda redactado del siguiente modo:

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