El Supremo aplica el criterio del TJUE sobre el plazo de prescripción de la reclamación de los gastos hipotecarios. Día inicial de la prescripción de la acción de restitución: salvo en aquellos casos en que la entidad prestamista pruebe que, en el marco de sus relaciones contractuales, ese concreto consumidor pudo conocer en una fecha anterior que esa estipulación (cláusula de gastos) era abusiva, el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 857/2024 – Num. Proc.: 1799/2020 – Ponente: Pedro José Vela Torres (TOL10.043.758)

juny 23, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil PLENO

Sentencia núm. 857/2024

Fecha de sentencia: 14/06/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 1799/2020

Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimando

Fecha de Votación y Fallo: 05/06/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Procedencia: AUD.PROVINCIAL DE BARCELONA SECCION N. 15

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío

Transcrito por: MAJ Nota:

CASACIÓN núm.: 1799/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Civil PLENO

Sentencia núm. 857/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Pedro José Vela Torres

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

D. José Luis Seoane Spiegelberg

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 14 de junio de 2024.

Esta Sala ha visto , constituida en pleno, el recurso de casación interpuesto por D.ª Vanesa y D. José, representados por el procurador D. Luciano Vidal Franco, bajo la dirección letrada de D.ª Ana Sola Arnauda, contra la sentencia núm. 20/2020, de 8 de enero, dictada por la Sección 15.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelación núm. 592/2019, dimanante de las actuaciones de juicio ordinario núm. 5501/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Barcelona, sobre condiciones generales de la contratación (prescripción de la reclamación de la restitución de gastos hipotecarios). Ha sido parte recurrida Banco Santander S.A, representado por el procurador D. Eduardo Codes Feijóo y bajo la dirección letrada de D. Manuel García-Villarrubia Bernabé.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia

1.- El procurador D. Josep Ramón Sero Flamarique, en nombre y representación de D. José y D.ª Vanesa, interpuso demanda de juicio ordinario contra Banco Santander S.A. en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:

«1. Se declare la NULIDAD DE LA CLÁUSULA RELATIVA A LA IMPOSICIÓN DE LOS GASTOS Y TRIBUTOS A CARGO DEL HIPOTECANTE, contenida en el préstamo hipotecario suscrito por las partes en fecha 29 de junio de 1999, ante notario D. Angel Serrano de Nicolas, nº 178 de su protocolo. Y en consecuencia, CONDENE A LA DEMANDADA A ABONAR A LA PARTE ACTORA las cuantías soportadas en exceso por acción y efecto de la Cláusula nula, más sus intereses legales.

»2. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada»

2.- Presentada la demanda fue repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Barcelona se registró con el núm. 5501/2018. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.

3.- El procurador D. Jordi Fontquerni Bas, en representación de Banco Santander

S.A., contestó a la demanda oponiéndose a la misma.

4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Barcelona dictó sentencia n.º 558/2019, de 15 de febrero, con la siguiente parte dispositiva:

«Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por D/D.ª José y D/D.ª Vanesa, representados por el procurador D/D.ª JOSEP RAMON SERO FLAMARIQUE y defendido por Letrado D./D.ª ANA SOLA ARNAUDA contra BANCO SANTANDER, S.A., representado por procurador D./D.ª JORDI FONTQUERNI BAS, y defendido por letrado D./D.ª FRANCISCO JAVIER AGUILAR ROMERO, sobre declaración de nulidad contractual por cláusulas abusivas y reclamación de cantidad, procedo a dictar la siguiente resolución y en consecuencia:

»1. Declaro la NULIDAD POR ABUSIVA de la cláusula referida a GASTOS contenida en el préstamo suscrito por . . .

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