El Tribunal Supremo confirma la pena de prisión por un delito de atentado contra la integridad moral desnudo integral ordenado sin justificacion alguna por agentes de la Guardia Civil en un control operativo de tráfico (arts. 175 y 176 CP.) – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 213/2024 – Num. Proc.: 1573/2022 – Ponente: Andrés Palomo del Arco (TOL9.944.724)

abr. 11, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 213/2024

Fecha de sentencia: 06/03/2024

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 1573/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 05/03/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Palomo Del Arco

Procedencia: AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEGOVIA, SECCIÓN ÚNICA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

Transcrito por: HPP

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 1573/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Palomo Del Arco

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 213/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Andrés Martínez Arrieta

D. Andrés Palomo Del Arco

D.ª Ana María Ferrer García

D. Vicente Magro Servet

D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

En Madrid, a 6 de marzo de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación por infracción de precepto constitucional, infracción de ley y quebrantamiento de forma número 1573/2022, interpuesto por D. Roman y D. Romulo representados por la Procuradora Dª Carmen Ortiz Cornago bajo la dirección letrada de D. Javier P. López-Cortijo, contra la sentencia núm. 35/2021 de 7 de diciembre dictada por la Audiencia Provincial de Segovia, Sección Única, en el Rollo de Sala núm. 17/2020.

Interviene el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andrés Palomo Del Arco.

PRIMERO.- El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 2 de Segovia instruyó Procedimiento Abreviado número 394/2014, por delito contra la integridad moral, contra Roman, Romulo y otra; una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Segovia, cuya Sección Única (Rollo P.A. núm. 17/2020) dictó Sentencia número 35/2021 en fecha 7 de diciembre de 2021, que contiene los siguientes hechos probados:

"De la prueba practicada en el acto del juicio oral resulta probado y así se declara que en la mañana del día 13 de junio de 2014, efectivos de la Guardia Civil, en el ejercicio de su actividad propia, se encontraban realizando un operativo de identificación selectiva de vehículos y personas en vías de comunicación, dirigido a la localización de drogas tóxicas, armas u objetos sustraídos, en el Punto Kilométrico 60 de la Autopista AP-6, correspondiente al peaje de El Espinar, en sentido Madrid.

Sobre las 11:00 el agente NUM000, que se encontraba en el escalón de selección del control, seleccionó para tal fin al vehículo Jeep Grand Cherokee, matrícula .... NHB, conducido por D. Jose Ignacio, a bordo del cual, viajaban, en el asiento del copiloto, Dª. Purificacion, y en los asientos traseros, D. Carlos Antonio y D. Luis Manuel.

Dicho agente acompañó al vehículo hasta la zona balizada donde se realizaba el control, que podía ser de varios vehículos simultáneamente, ordenando al conductor la detención del vehículo, solicitando la documentación personal a los ocupantes del mismo y requiriendo que bajasen del vehículo el conductor y copilota, siendo luego ordenada la bajada del vehículo a quienes ocupaban los asientos traseros. Una vez fuera del vehículo, los agentes intervinientes solicitaron a los tres varones que vaciasen los bolsillos y procedieron a realizar un cacheo corporal superficial de cada uno de ellos, en primer lugar a Jose Ignacio, cacheo efectuado por el agente NUM000, y luego a los Luis Manuel y a Carlos Antonio. En cuanto a Purificacion, se procedió a avisar a una agente femenina, por lo que el cacheo se hizo con posterioridad.

Para realizar dicho cacheo acudió la agente acusada, Antonieta (TIP NUM001), que procedió al cacheo de Purificacion en el mismo lugar, palpándola sobre la ropa, introduciendo la mano por debajo . . .

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