La Agencia Tributaria simplifica el lenguaje de sus documentos más habituales para mejorar la comunicación con el contribuyente
- Se modifican ocho modelos de comunicación al contribuyente, incluyendo un resumen inicial con el contenido básico en los documentos más extensos
- El lenguaje se clarifica y se ofrece un nuevo diseño que ayuda a segmentar la información y a distinguir la más relevante
- Las modificaciones afectan a requerimientos de documentación y liquidaciones de IRPF, diligencias de embargo y declaraciones en Aduana de pequeñas compras por internet que, en conjunto, suponen más de 3,7 millones de documentos al año
La Agencia Tributaria ha puesto en marcha el compromiso establecido en el Plan Estratégico 2020-2023 de avanzar en la simplificación del lenguaje que utiliza en su relación con los contribuyentes para eliminar barreras de comprensión y minimizar con ello las cargas administrativas indirectas de los ciudadanos, facilitando así el cumplimiento voluntario.Para ello, la Agencia ha modificado hasta ocho modelos de comunicación y notificación al contribuyente que utilizan distintas áreas de la AEAT en sus documentos más habituales. Estas revisiones, que se irán implementando paulatinamente en los próximos meses, alcanzan a más de 3,7 millones de documentos al año.Las modificaciones afectan a los requerimientos de documentación de IRPF, las propuestas de liquidación y liquidaciones provisionales del mismo impuesto, diligencias de embargo por deudas de terceros (de créditos y de salarios y pensiones) y las declaraciones en Aduana por importaciones de pequeño valor -principalmente compras por internet-, así como a los documentos de representación y de derechos y garantías del contribuyente que acompañan a algunos de estos documentos.Un objetivo estratégicoEl Plan Estratégico de la Agencia ya establecía el compromiso de avanzar en una mejora de las comunicaciones a los contribuyentes para facilitar la comprensión del lenguaje administrativo, de forma que el literal de los documentos más habituales sea más comprensible y sencillo para sus destinatarios.Esta clarificación del lenguaje viene dada por la combinación de varios elementos, desde el acortamiento de la longitud de algunas cartas, a la reducción de la sobrecarga de información y la diferenciación de la información relevante, pasando por el propio rediseño de la forma en que se muestra la información al ciudadano, y todo ello sin perder la necesaria corrección de los conceptos jurídicos utilizados.Nuevo resumen de contenido: qué, por qué, cómo y dóndeEntre las modificaciones llevadas a cabo en los documentos de la Agencia, todas ellas ya definidas y solo pendientes de implementar informáticamente, destaca el nuevo resumen de contenido.En la primera página de las comunicaciones y notificaciones revisadas se incluye ahora un nuevo resumen informativo con la información básica de cada documento: qué recibe el ciudadano, por qué lo recibe, qué debe hacer a partir de su recepción y dónde puede obtener ayuda y resolver sus dudas.El nuevo resumen de contenido sigue la misma filosofía de lenguaje claro y directo que ya se viene utilizando en la nueva aplicación de cita previa disponible en la web de la Agencia, con un esquema de preguntas y respuestas sintéticas y un diseño que facilita una lectura más ágil por parte del receptor.Rediseño para facilitar la lecturaEl cuerpo de los documentos y sus anexos también se han revisado, introduciendo un nuevo diseño con elementos gráficos que resaltan y diferencian los distintos apartados, y un tamaño de letra que facilita la lectura. De igual forma, se han revisado los elementos de redacción más complejos a favor de la concisión y la accesibilidad. En algunos documentos esto ha llevado, a su vez, a una reducción del contenido global. A modo de ejemplo, la nueva diligencia de embargo de créditos pasa a tener 700 caracteres menos y las caras con contenido efectivo pasan de once a seis (concretamente, el anexo con la información a trasladar a la AEAT por parte del receptor de la carta pasa de siete caras a solo una).De igual forma, el anexo de la diligencia de embargo de sueldos, salarios y . . .
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