Artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE (A.A.I.)
Número de expediente: …
Fecha: …
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se procede a adoptar medidas provisionales en los términos establecidos en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. – En fecha … se inicia procedimiento sancionador contra la entidad …
SEGUNDO. – Durante el transcurso de la instrucción, procede la adopción de medidas provisionales relativas a la protección del informante en los términos del artículo 36.6º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción en relación con el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RESUELVO
PRIMERO. – Acordar la adopción de medidas provisionales referidas a las medidas de protección al informante.
SEGUNDO. – Notificar la presente resolución a los interesados.
TERCERO. – Informar que, en base a lo dispuesto en el artículo 50.2º de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, contra la presente resolución puede interponerse re- curso de alzada en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución.
Fecha y Firma.
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