SENTENCIA CURATELA CUESTIONES ECONÓMICAS. A tiene una Sentencia firme sobre curatela a su favor en cuestiones meramente económicas y administrativas de B(discapacidad). En dicho fallo de sentencia dice que A debe dejar entre 40 a 50€ al mes libres para que gestione B en sus asuntos propios. A es autorizada de cuenta bancaria de B y ésta ha recibido un dinero de más de 3000 euros con carácter retroactivo por ayuda a la dependencia. En el Banco le dicen a A que no puede sacar el dinero de la cuenta y se le han bloqueado porque B se ha opuesto a que su madre A disponga de tal dinero a pesar de dicha Sentencia.¿Tiene sentido el bloqueo de tal cuenta en contra de A? ¿Puede A disponer del dinero ingresado en la cuenta justificando debidamente ante el Ministerio Fiscal dichos pagos para cuestiones de B con ese dinero?Gracias (TOL9.949.933)

abr. 5, 2024

TAS5920Re: SENTENCIA CURATELA CUESTIONES ECONÓMICASTras la reforma de la Ley 8/2021, se da prevalencia a la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad. Como se indica en el art. 249, párrafo segundo, del CC: “Las personas que presten apoyo deberán actuar atendiendo a la voluntad, deseos y preferencias de quien lo requiera. Igualmente procurarán que la persona con discapacidad pueda desarrollar su propio proceso de toma de decisiones, informándola, ayudándola en su comprensión y razonamiento y facilitando que pueda expresar sus preferencias. Asimismo, fomentarán que la persona con discapacidad pueda ejercer su capacidad jurídica con menos apoyo en el futuro”. Por tanto, salvo que A hubiese sido nombrada curadora con facultades representativas, su función es de mera asistencia a las decisiones que tome la persona con discapacidad.-----------http://foros.tirant.com/viewtopic.php?f=110&t=53942 . . .

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TS: El registro del bolso de una trabajadora sin estar presente un representante legal (delegado de personal, comité de empresa) o bien, en su ausencia, otro empleado, resulta ilegal. – Tribunal Supremo – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 874/2024 – Num. Proc.: 5761/2022 – Ponente: Juan Molins García-Atance (TOL10.048.683)

by | jul. 3, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 5761/2022Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Molins García-AtanceLetrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sagrario Plaza...

Alteración catastral, artículo 5.2 LHP. No cabe promover la alteración catastral por el otorgamiento unilateral del título por el propietario único del edificio, hasta tanto no concurran los elementos constitutivos exigidos, en concreto hasta tanto no exista una pluralidad de propietarios. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1074/2024 – Num. Proc.: 2660/2023 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.074.251)

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T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.074/2024 Fecha de sentencia: 17/06/2024 Tipo de procedimiento: R....

Conflicto colectivo. La Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta por UGT y anula sendas cláusulas que se fijan en los incentivos que perciben los trabajadores de dicha entidad demandada. La primera que priva a del derecho a la percepción de los objetivos de grupo fijados por la empresa a aquellos trabajadores que hayan sido sancionados por falta grave y muy grave en la comercialización de los productos por implicar la imposición unilateral por el empleador de un régimen disciplinario al margen de la negociación colectiva y por implicar, además, una multa de haber. La segunda que permite que el Jefe de Área reduzca en un 15 por ciento o incluso más en supuestos excepcionales el objetivo a percibir por cada trabajador por contravenir tanto el art. 1256 Cc, como el derecho del empleado a unas condiciones de trabajo predecibles y transparentes. – Audiencia Nacional – Sección Primera – Jurisdicción: Social – Sentencia – Num. Res.: 65/2024 – Num. Proc.: 78/2024 – Ponente: Ramón Gallo Llanos (TOL10.052.730)

by | jul. 3, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Jurisprudencia | 0 Comments

AUDIENCIA NACIONAL Sala de lo Social Letrada de la Administración de Justicia Dª. MARTA JAUREGUIZAR SERRANO SENTENCIA Nº : 65/2024 Fecha de Juicio: 4/6/2024 Fecha...

A los efectos de la devolución de los ingresos indebidos (art. 32 LGT), materializada en una cantidad, consistente en los intereses devengados entre la fecha en que se efectuó el ingreso de los pagos fraccionados -en virtud de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, declarada inconstitucionalidad por la sentencia del Tribunal Constitucional 78/2020, de 1 de julio- y la de su devolución (intereses de demora), la Administración tributaria abonará el interés de esa cantidad (de los intereses de demora), desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que proceda a su pago, con independencia de que, con anterioridad a la fecha de la expresada sentencia hubiera devuelto los pagos fraccionados mínimos (principal) por la mecánica propia del impuesto (art. 31LGT), al resultar la liquidación inferior a lo ingresado. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 824/2024 – Num. Proc.: 8429/2022 – Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda (TOL10.032.890)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 824/2024 Fecha de sentencia: 13/05/2024 Tipo de procedimiento: R....

Delito de abuso sexual continuado. Motivo de casación por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, que encubre uno puro motivo de error en la valoración de la prueba, sin sujetarse a las pautas del motivo por “error facti” del art. 849.2º LECrim, cuando el asunto ha superado el juicio de revisión tras recurso de apelación ante el TSJ, y se repiten alegaciones en casación. Doctrina de la Sala: no cabe convertir la casación en una doble segunda instancia, ni puede el TS, en su función de control casacional, entrar en una nueva reevaluación de una prueba no practicada a su presencia. Valor del conocido como triple test, en orden a la valoración del testimonio de la víctima, solo como pauta orientativa, no como regla necesaria, del que, incluso, cabría prescindir, en atención a la solidez de dicho testimonio. Importancia de acudir a elementos de corroboración del testimonio de la víctima. Prueba pericial consistente en la declaración de la doctora bajo la que estuvo en tratamiento la víctima, que, en ningún caso, comparece en la doble condición de testigo-perito. Cuestionado su testimonio por falta de objetividad, se rechaza la queja, porque no se objetó su proposición como prueba, ni se planteó su recusación; también porque impulsó a la víctima a que presentase la querella, que se rechaza también, en la medida que, como profesional de la medicina, por la vía del art. 262 LECrim. podría ella misma haber formulado denuncia por los hechos que conoció por razón de su profesión. Partida indemnizatoria que, concedida en una cantidad en la instancia, se duplica en apelación, lo que recurre el condenado en atención al criterio de la Sala de que es cuestión sujeta al arbitrio del tribunal sentenciador, pero que se rechaza en atención a la mejor precisión de las bases de dicha indemnización por parte del tribunal de apelación. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 456/2024 – Num. Proc.: 1785/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL10.040.595)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 456/2024 Fecha de sentencia: 23/05/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...

TS: Modificación de medidas definitivas de procedimiento de divorcio. Limitación temporal del uso de la vivienda familiar adjudicada a la madre e hijo con discapacidad. Los órganos jurisdiccionales deberán ponderar las circunstancias concurrentes para la determinación del plazo de atribución temporal del uso de la vivienda familiar cuando sea conveniente la conservación temporal de tal uso a favor del hijo con discapacidad. Serán factores a tener en cuenta, al respecto, el grado de discapacidad, las concretas deficiencias intelectuales, mentales, físicas o sensoriales que padezca, la adaptación de la vivienda a sus limitaciones, la proximidad a los centros de atención, asistencia e integración laboral, las posibilidades económicas de los progenitores, entre otras, en función de las cuales deberá motivarse la decisión que se adopte. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 757/2024 – Num. Proc.: 4313/2023 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.052.569)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 757/2024 Fecha de sentencia: 29/05/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...