TS: Pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía. Escala Ejecutiva. Declaración de no aptitud en el supuesto práctico. Desestimación del recurso de casación. La decisión de la Sala de instancia, tras acordar la nulidad por falta de motivación de dicha declaración, de imponer que la Administración revisara, en su caso, y motivara las puntuaciones dadas al aspirante es conforme a Derecho. El caso práctico versaba sobre cuestiones no estrictamente jurídicas por lo que la Sala de instancia no podía entrar a valorarlo. Además, no existió suficiente material probatorio en el proceso que permitiera al órgano jurisdiccional de instancia formar su convicción sobre la aptitud del recurrente. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Cuarta – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 976/2024 – Num. Proc.: 1003/2022 – Ponente: Pablo María Lucas Murillo de la Cueva (TOL10.041.785)

juny 28, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

Sentencia núm. 976/2024

Fecha de sentencia: 04/06/2024

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 1003/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 28/05/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

Procedencia: T.S.J.MADRID CON/AD SEC.7

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López

Transcrito por: MTP

Nota:

R. CASACION núm.: 1003/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Molina López

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

Sentencia núm. 976/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva, presidente

D. Luis María Díez-Picazo Giménez

D.ª María del Pilar Teso Gamella

D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo

D. José Luis Requero Ibáñez

En Madrid, a 4 de junio de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación n.º 1003/2022, interpuesto por don Gregorio, representado por la procuradora doña Angélica Ortiz López y asistido por la letrada doña Jana Alvárez Trevín, contra la sentencia n.º 1017/2021, de 14 de junio, dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso n.º 2392/2019, interpuesto, a su vez, contra la resolución del Director General de la Policía, de 5 de julio de 2019, que confirmó en alzada el acuerdo de 4 de febrero anterior, del tribunal calificador del proceso selectivo para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, convocado por resolución de 19 de abril de 2018 (BOE de 16 de mayo), por el que se declaró a don Gregorio no apto en el tercer ejercicio (supuesto práctico) de la segunda prueba (de conocimientos) del indicado proceso selectivo, con la consiguiente exclusión del mismo.

Se ha personado, como parte recurrida la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva.

PRIMERO.- En el recurso n.º 2392/2019, seguido en la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se dictó la sentencia n.º 1017/2021, de 14 de junio, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

" FALLO

ESTIMAMOS PARCIALMENTE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO interpuesto por la procuradora Dª. Angélica Ortiz López, en nombre y representación de D. Gregorio, contra la resolución de 5 de julio de 2019 de la Dirección General de la Policía por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo de 4 de febrero de 2019 del Tribunal Calificador del Proceso Selectivo de Ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, por el que resultó excluido y, en consecuencia, ANULAMOS la resolución administrativa impugnada a fin de que la Administración proceda a revisar, en su caso, y motivar las puntuaciones atribuidas a la recurrente en la forma y modo expuestos en el Fundamento de Derecho Tercero de esta sentencia".

SEGUNDO.- Notificada a las partes, contra la referida sentencia preparó recurso de casación el Sr. Gregorio, que la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tuvo por preparado por auto de 17 de enero de 2022, ordenando el emplazamiento de las partes y la remisión de las actuaciones a esta Sala del Tribunal Supremo.

TERCERO.- Recibidas, por diligencia de ordenación de 21 de marzo de . . .

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