TAS5920Re: INVENTERIOLo que procede es ejercitar una acción de petición de herencia dirigida a que la parte demandada reintegre las cantidades existentes a la fecha de fallecimiento del causante en una cuenta bancaria de la que aquél era titular. Según el Tribunal Supremo (sentencia número 423/2004, de 28 de mayo), "la acción de petición de herencia si bien tiene como contenido primordial el reconocimiento de la cualidad de heredero, también sirve para que las personas legitimadas puedan pretender en beneficio de la masa hereditaria común la restitución e incorporación de bienes que deben formar parte de la misma, como caudal relicto pertenecientes al causante".-----------http://foros.tirant.com/viewtopic.php?f=110&t=53844 . . .
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