Escrito de impugnción de la licitud de la prueba en el proceso penal (TOL2.679.733)

nov. 25, 2023

Ley Organica del Poder Judicial

Articulo 11.1 y 238 

Solicitud de nulidad de pruebas presentadas de contrario por haber sido  logradas, directa o indirectamente, violentando derechos y libertades fundamentales

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº ..., DE ...

D. ..., procurador de los Tribunales, en nombre de D...,  cuya representación consta debidamente acreditada en las Diligencias Previas nº ...  ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho DIGOQue mediante providencia de fecha ..., se ha dado traslado a esta parte del escrito presentado por la representación procesal de la Acusación Particular al que se acompañan diferentes documentosQue mediante el presente escrito IMPUGNO los documentos número TRES a SEÍS aportados por dicha representación procesal y ello por considerar dicha PRUEBA ILICITA y ello sobre la base de las siguientes:

ALEGACIONES

Primera.- Se aportan por el querellante en su escrito de fecha ... quince documentos numerados del uno al quince.

Los documentos números tres a seis son facturas del teléfono móvil de mi representada emitidas por la empresa de telefonía ..., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2012.

En las referidas facturas consta el domicilio de mi representada, sito en la calle ..., de esta ciudad, así como se describe en las mismas los diferentes números, duración e importe de las llamadas realizadas desde el teléfono móvil de su propiedad nº ...,. que afectan a los meses anteriormente referenciados.Segunda.- Consta debidamente acreditado en las actuaciones que el hoy querellante abandono el domicilio conyugal el ...,  y ello a tenor de las manifestaciones del querellante efectuadas en la demanda de divorcio contencioso nº ..., que se sigue ante el Juzgado de primera instancia nº ..., de esta ciudad y que obra en este procedimiento, en la que textualmente se dice :"Mi representado el ..., abandono el domicilio familiar sito en la calle ..., De la ciudad de ...,con sus pertenencias, viviendo desde dicho día en el domicilio de sus padres sito en ...".Tercera.- A tenor de lo anterior la única posibilidad que se presenta es que el querellante dispusiese con fecha posterior al abandono del domicilio conyugal de las llaves del buzón sito en la cancela.

Si bien mi representada cambio las llaves de la vivienda, lo cierto es que ha mantenido las del referido buzón. Obvio resulta decir que la compañía telefónica ... remite mensualmente a mi representada las correspondientes facturas, dirigidas únicamente a esta y en sobre cerrado y ello desde el año ... en que se contrataron por esta los servicios de dicha mercantil telefónica.Cuarta.- Las referidas facturas aportadas a este procedimiento se han obtenido por D. ... vulnerando el secreto a las comunicaciones, al abrir dicha correspondencia dirigida a mi representada sin su consentimiento ni autorización alguna.

Las pruebas obtenidas ilícitamente son radicalmente nulas e inutilizables en el proceso, como lo es también que, conforme a los artículos 238 y 11.1 LOPJ no surtirán efecto alguno las pruebas logradas, directa o indirectamente, violentando derechos y libertades fundamentales y que ello es aplicable en lo que respecta a la aportación de las facturas telefónicas que privativamente se enviaron a mi representada, acusada en este proceso penal.En este sentido se ha pronunciado entre muchas otras la Sentencia del Tribunal Supremo. Sala Segunda, de 23/02/2017 RES:116/2017 REC:1281/2016 (TOL5.969.881)El art. 11.1 de la LOPJ dispone que En todo tipo de procedimientos no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.La prohibición de la prueba constitucionalmente ilícita y de su efecto reflejo pretende otorgar el máximo de protección a los derechos fundamentales constitucionalmente garantizados y, al mismo tiempo, ejercer un efecto disuasor de conductas anticonstitucionales en los agentes encargados de la investigación criminal.La prohibición alcanza tanto a la prueba en cuya obtención se haya vulnerado un derecho fundamental como a aquellas otras que, habiéndose obtenido lícitamente, se basan, apoyan o deriven de la anterior, (directa o indirectamente), pues sólo de este modo se asegura que la prueba ilícita inicial no surta efecto alguno en el proceso.Prohibir el . . .

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