Escrito informando del fallecimiento del denunciante solicitando el archivo de actuaciones (TOL9.862.361)

març 29, 2024

Artículos 106 y 107 LECRIM

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ...

..., Procurador en nombre de D./Doña..., representación que obra acreditada en procedimiento ..., número ..., tramitado a instancias de ... contra ..., ante el Juzgado, como mejor proceda en derecho comparezco y DIGO:

PRIMERO. - Que el pasado día ..., se presentó por D/Doña ... una denuncia contra mi cliente, el día ...

SEGUNDO.- Que con fecha ..., de ..., de ..., se ha producido el fallecimiento de la denunciante, como acredito con el siguiente certificado de defunción que acompaño, expedido ante el Registro Civil de ..., no siendo posible la continuación del procedimiento 

TERCERO. - En consecuencia, y al amparo de los artículos 106 y 107 LECRIM como no hay más partes interesadas en la continuidad del proceso, pongo este hecho en conocimiento del Tribunal a efectos de dar por finalizado este procedimiento y se declare el archivo de actuaciones. 

 

En virtud de lo expuesto,

SOLICITO AL JUZGADO que, tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo, por hechas las anteriores manifestaciones a los efectos oportunos, acordándose en este sentido la SOLICITUD DE TERMINACIÓN, ARCHIVO Y SOBRESEIMIENTO que trae esta causa reseñada en el cuerpo de este escrito.

En…, (Lugar y fecha)

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimes novetats publicades

A los efectos de la devolución de los ingresos indebidos (art. 32 LGT), materializada en una cantidad, consistente en los intereses devengados entre la fecha en que se efectuó el ingreso de los pagos fraccionados -en virtud de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, declarada inconstitucionalidad por la sentencia del Tribunal Constitucional 78/2020, de 1 de julio- y la de su devolución (intereses de demora), la Administración tributaria abonará el interés de esa cantidad (de los intereses de demora), desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que proceda a su pago, con independencia de que, con anterioridad a la fecha de la expresada sentencia hubiera devuelto los pagos fraccionados mínimos (principal) por la mecánica propia del impuesto (art. 31LGT), al resultar la liquidación inferior a lo ingresado. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 824/2024 – Num. Proc.: 8429/2022 – Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda (TOL10.032.890)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 824/2024 Fecha de sentencia: 13/05/2024 Tipo de procedimiento: R....

Delito de abuso sexual continuado. Motivo de casación por vulneración del derecho a la presunción de inocencia, que encubre uno puro motivo de error en la valoración de la prueba, sin sujetarse a las pautas del motivo por “error facti” del art. 849.2º LECrim, cuando el asunto ha superado el juicio de revisión tras recurso de apelación ante el TSJ, y se repiten alegaciones en casación. Doctrina de la Sala: no cabe convertir la casación en una doble segunda instancia, ni puede el TS, en su función de control casacional, entrar en una nueva reevaluación de una prueba no practicada a su presencia. Valor del conocido como triple test, en orden a la valoración del testimonio de la víctima, solo como pauta orientativa, no como regla necesaria, del que, incluso, cabría prescindir, en atención a la solidez de dicho testimonio. Importancia de acudir a elementos de corroboración del testimonio de la víctima. Prueba pericial consistente en la declaración de la doctora bajo la que estuvo en tratamiento la víctima, que, en ningún caso, comparece en la doble condición de testigo-perito. Cuestionado su testimonio por falta de objetividad, se rechaza la queja, porque no se objetó su proposición como prueba, ni se planteó su recusación; también porque impulsó a la víctima a que presentase la querella, que se rechaza también, en la medida que, como profesional de la medicina, por la vía del art. 262 LECrim. podría ella misma haber formulado denuncia por los hechos que conoció por razón de su profesión. Partida indemnizatoria que, concedida en una cantidad en la instancia, se duplica en apelación, lo que recurre el condenado en atención al criterio de la Sala de que es cuestión sujeta al arbitrio del tribunal sentenciador, pero que se rechaza en atención a la mejor precisión de las bases de dicha indemnización por parte del tribunal de apelación. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 456/2024 – Num. Proc.: 1785/2022 – Ponente: Ángel Luis Hurtado Adrián (TOL10.040.595)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 456/2024 Fecha de sentencia: 23/05/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...

TS: Modificación de medidas definitivas de procedimiento de divorcio. Limitación temporal del uso de la vivienda familiar adjudicada a la madre e hijo con discapacidad. Los órganos jurisdiccionales deberán ponderar las circunstancias concurrentes para la determinación del plazo de atribución temporal del uso de la vivienda familiar cuando sea conveniente la conservación temporal de tal uso a favor del hijo con discapacidad. Serán factores a tener en cuenta, al respecto, el grado de discapacidad, las concretas deficiencias intelectuales, mentales, físicas o sensoriales que padezca, la adaptación de la vivienda a sus limitaciones, la proximidad a los centros de atención, asistencia e integración laboral, las posibilidades económicas de los progenitores, entre otras, en función de las cuales deberá motivarse la decisión que se adopte. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 757/2024 – Num. Proc.: 4313/2023 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.052.569)

by | jul. 2, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 757/2024 Fecha de sentencia: 29/05/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento:...

Medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (TOL10.053.980)

by | jul. 1, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Doctrina | 0 Comments

Convenio multilateral (TOL10047403) para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de...

Capítulo Segundo. Aproximación al delito de blanqueo de dinero (TOL10.036.778)

by | jul. 1, 2024 | Boletín novedades,PENAL Doctrina | 0 Comments

Capítulo Segundo APROXIMACIÓN AL DELITO DE BLANQUEO DE DINEROQue, siguiendo su curso, a despecho de las especulaciones humanas,en la turbamulta de escuelas, teologías y...

MANERA CORRECTA DE PASAR FIJO DISCONTINUO A INDEFINIDO ORDIN. Buenos días pueden indicarnos por favor cual es la forma correcta de transformar un fijo discontinuo a indefinido ordinario, Gracias? ya que en seguridad social debe de notificarse 189 pero en el sepe no deja. Gracias, (TOL10.051.027)

by | jul. 1, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Consulta | 0 Comments

TAS5920Re: MANERA CORRECTA DE PASAR FIJO DISCONTINUO A INDEFINIDO OParece que el SEPE considera que no se trata de una transformación, pues el fijo discontinuo es un...