A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, de 26 de julio, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público: 1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el primer semestre de 2024, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 25 de junio, el tipo de interés aplicado ha sido el 4,25 por 100. 2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2024 es el 12,25 por 100. Madrid, 26 de junio de 2024.La Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Real Decreto 410/2024, de 23 de abril), la Directora General del Tesoro y Política Financiera, Carla Díaz Álvarez de Toledo . . .
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