Requisitos del delito de desobediencia del art. 410.1 CP. La exhibición no se produjo en un acto de partido en la campaña electoral, sino de forma permanente en una dependencia pública del Ayuntamiento. El recurrente se valió de su condición de concejal y presidente de un grupo municipal para colocar tales símbolos, violando el deber de neutralidad política del art. 50 LOREG. La sentencia recurrida razona con claridad la condición del recurrente como sujeto obligado al cumplimiento de los acuerdos de la Junta Electoral. Distinción entre Grupo municipal y partido político. Derecho a la libertad ideológica. El ejercicio de un derecho no constituye patente para que bajo su amparo queden justificados todos los actos que bajo los supuestos del precepto se realicen, sino que es preciso que los mismos estén dentro de la órbita de su debida expresión, uso y alcance, pues de lo contrario constituyen un abuso capaz y bastante para desvalorar la excusa y llegar a una definición de responsabilidad.
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 125/2024
Fecha de sentencia: 08/02/2024
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 356/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 31/01/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre
Procedencia: T.S.J.CATALUÑA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
Transcrito por: MMD
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 356/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 125/2024
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Manuel Marchena Gómez, presidente
D. Andrés Martínez Arrieta
D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre
D.ª Carmen Lamela Díaz
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
En Madrid, a 8 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación nº 356/2022, interpuesto por D. Desiderio , representado por la procuradora Dª. María José Rodríguez Teijeiro, bajo la dirección letrada de D. Carles López Miquel, contra la sentencia nº 2/2021, de fecha 14 de diciembre de 2021, dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el Rollo de Procedimiento Abreviado nº 1/2021. Ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción nº 3 de Lleida instruyó Diligencias Previas nº 857/2019, contra D. Desiderio, por delito de desobediencia a decisiones u órdenes de autoridades superiores y, una vez concluso, lo remitió a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que en el Rollo de Procedimiento Abreviado nº 1/2021, dictó sentencia nº 2/2021, de fecha 14 de diciembre de 2021, que contiene los siguientes hechos probados:
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