TS Sala 2ª; 27-07-2023. El TS confirma la condena por abuso sexual a un fisio por tocamientos realizados en una sesión de fisioterapia en pechos y clítoris sin contar con el consentimiento de la paciente. El tribunal estima patentes irregularidadesque conforman poderosos indicios de que, en efecto, esas prácticas eran ajenas a la lex artis y obedecían a motivaciones incompatibles con el correcto ejercicio profesional – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 647/2023 – Num. Rec.: 5045/2021 – Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA (TOL9.662.534)

set. 23, 2023

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 647/2023

Fecha de sentencia: 27/07/2023

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 5045/2021

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 12/07/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio del Moral García

Procedencia: T.S.J.CATALUÑA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Tomás Yubero Martínez

Transcrito por: IPR

Nota: Siendo aplicable la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento, debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia, sin perjuicio de las competencias del Consejo General del Poder Judicial previstas en el artículo 560.1.10ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

RECURSO CASACION núm.: 5045/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio del Moral García

Letrada de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Tomás Yubero Martínez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Sentencia núm. 647/2023

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Julián Sánchez Melgar

D. Antonio del Moral García

D.ª Carmen Lamela Díaz

D. Leopoldo Puente Segura

D. Javier Hernández García

En Madrid, a 27 de julio de 2023.

Esta sala ha visto recurso de casación nº 5045/2021 interpuesto por Rodolfo representado por la procuradora D.ª Inmaculada Plaza Villa y bajo la codirección letrada de D. David Aineto Trabal y D. José R. Sorní Bustinduy contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 6 de julio de 2021, que desestimaba el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Sexta) que le condenaba como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual. La parte recurrida Enma representada por el Procurador Sr. D. Ricard Simo Pascual y bajo la dirección letrada de Dª. Silvia Dot Alcaraz se ha apartado del procedimiento por escrito de renuncia fechado el 15 de septiembre de 2021. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio del Moral García.

PRIMERO.- La Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Sexta) en el Sumario nº 6/2018 procedente del Juzgado de Instrucción nº 15 de Barcelona dictó Sentencia con fecha 7 de septiembre de 2020 que recoge los siguientes Hechos Probados:

"1.- El procesado Rodolfo venía prestando sus servicios como fisioterapeuta y osteópata del Fútbol Club Barcelona desde hacía 30 años, habiendo desarrollado funciones de coordinador de fisioterapeutas del citado Club y del equipo de fútbol de primera división, ejerciendo en el año 2016 en que ocurrieron los hechos, funciones de fisioterapeuta para los empleados del Club, estando situado el consultorio en las instalaciones del FCB sitas en Les Corts, en un altillo de las dependencias que Asistencia Sanitaria, espónsor del FCB, tiene en las instalaciones de Les Corts.

2.- Enma trabajaba como administrativa en las instalaciones del Fútbol Club Barcelona (FCB) sitas en Les Corts de esta ciudad. Al tener bloqueo en la cabeza y cuello causado por la patología de cervicales que sufría, fue visitada en el mes de noviembre de 2016 por el Dr. Torcuato médico del citado Club encargado de la salud de los empleados del mismo en el consultorio que el mismo tenía en la Ciutat Esportiva del FCB sito en Sant Joan Despí. El citado doctor, tras confirmar el tratamiento con el traumatólogo, consideró que sería beneficioso el tratamiento de fisioterapia que debía dispensar el procesado en el consultorio destinado al efecto y para . . .

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