abr. 26, 2024 | Actualitat Prime
El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha procesado a los exmiembros del Comité Ejecutivo de ETA por su implicación en el secuestro y asesinato del concejal del PP de Ermua, Miguel Ángel Blanco, ocurrido en julio de 1997. Los procesados, José Javier A.R., “Kantauri”; Miguel A.I., “Mikel Antza”; María S. I., “Anboto” e Ignacio G.A., “Iñaki de Rentería”, enfrentan cargos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía. El juez argumenta que los acusados, como líderes de la organización, tenían la capacidad de impedir el crimen pero optaron por no hacerlo. Demostrando una clara intención de llevar a cabo el asesinato.
Organización terrorista altamente jerarquizada
En el auto, que se extiende por más de 100 folios, el juez García Castellón describe a ETA como una organización terrorista altamente jerarquizada. Con una estructura de mando vertical y disciplina militar. En la que las órdenes del Comité Ejecutivo se ejecutaban sin cuestionamientos. En 1997, según el magistrado, la dirección de ETA optó por utilizar el secuestro como método de presión política, eligiendo a Blanco como objetivo para forzar al gobierno a cumplir sus demandas.
Aprobada por el comité ejecutivo
El auto subraya que la operación que culminó con el asesinato de Blanco no solo fue planeada sino también aprobada por el Comité Ejecutivo. Evidenciando que todos los miembros de la dirección participaron en la toma de decisiones. Esta estrategia incluyó la decisión colectiva de no liberar a Blanco a pesar de los múltiples llamamientos de la sociedad civil y de la clase política de la época, reflejando una falta total de voluntad para desistir de su plan.
El juez también menciona que se han incautado documentos de ETA que demuestran que los procesados podrían haber evitado el asesinato. Por ello, García Castellón afirma que se cumplen todos los requisitos de la autoría mediata por dominio de la organización. En la que el Comité Ejecutivo, como autor mediato, ejerció un control absoluto sobre sus subordinados directos, quienes simplemente seguían las órdenes.
Procesado a los exmiembros del Comité Ejecutivo
Este procesamiento enfatiza la responsabilidad de los líderes de ETA en los actos terroristas cometidos por sus miembros. Y subraya la importancia de la justicia para las víctimas del terrorismo en España. Además, el juez ha impuesto a los cuatro procesados el pago de una fianza solidaria de dos millones de euros para hacer frente a posibles responsabilidades civiles en caso de una condena.
abr. 23, 2024 | Actualitat Prime
Un agricultor ha sido condenado a dos años de prisión por embestir a dos policías con su tractor en Logroño. Durante una protesta conocida como tractorada. El Juzgado de lo Penal nº 3 de Logroño dictaminó que este acto constituye un delito de atentado con vehículo a motor. Además, el tribunal impuso al acusado multas que suman 480 euros por delitos leves de lesiones y ordenó un pago de 2.010 euros como compensación por responsabilidad civil.
Comportamiento del agricultor
La sentencia destaca que el agricultor, al no acatar las órdenes de detenerse de los policías, procedió a embestirlos, lo que obligó a los agentes a esquivar el vehículo para evitar el atropello. Esta acción se consideró una clara violación de las normas que protegen la seguridad de los funcionarios públicos. Así como un intento de desobedecer y confrontar a la autoridad.
El juez valoró ciertos factores atenuantes, como el pago anticipado del acusado de los 2.010 euros por responsabilidad civil y su actitud de arrepentimiento y solicitud de perdón hacia las víctimas. Estas circunstancias llevaron a reducir la pena propuesta inicialmente por la Fiscalía de tres años a dos años de prisión.
El contexto de la manifestación agraria, en la que el acusado expresaba su descontento por la situación económica del sector, también fue considerado por el juez para contextualizar la acción del agricultor dentro de una protesta más amplia.
Condenado a dos años de prisión por embestir a dos agentes de la Policía Local en Logroño durante una protesta agraria
El incidente ocurrió el 6 de febrero, cuando el agricultor bloqueó con su vehículo un carril en la calle Vara de Rey de Logroño. Y a pesar de las indicaciones de un policía, aceleró cuando este se acercó. Conduciendo hacia donde otros agentes intentaron detenerlo sin éxito, resultando en lesiones leves para dos de ellos.
La defensa puede apelar esta decisión ante la Audiencia Provincial.
abr. 23, 2024 | Actualitat Prime
El Tribunal Supremo ha ratificado la decisión de la Audiencia Provincial de Tarragona de indemnización por ciberacoso sexual a un menor que fue víctima. El Tribunal desestima el recurso presentado por el acusado.
El interés superior del menor prevalece
Aunque la madre del menor había renunciado a recibir compensación económica por ciber acoso en nombre de su hijo, la corte determinó que el interés superior del menor prevalece. Por lo que obligó al acosador a pagar una multa de 2.880 euros y una indemnización de 3.000 euros. La decisión inicial del Juzgado de lo Penal Número 3 de Tarragona había absuelto al acusado, pero esta fue revertida por la Audiencia Provincial y ahora confirmada por el Tribunal Supremo.
Indemnización por ciberacoso | El acusado manipuló psicológicamente al menor, llevándolo a disculparse por comportamientos que el acosador consideraba inadecuados
El caso se detalla en los hechos probados, donde se menciona que el acusado, utilizando una relación de parentesco con la madre del menor, inició un acercamiento con el joven de 15 años a través de redes sociales y encuentros personales. Con el objetivo de establecer una relación sentimental. A lo largo de este proceso, el acusado manipuló psicológicamente al menor. Esto llevó al joven a disculparse por comportamientos que el acosador consideraba inadecuados.
La madre y el menos parecían en un inicio renunciar a cualquier indemnización económica, no obstante, la fiscalía no lo entendió de esta forma. La Fiscalía argumentó que no había constancia de una renuncia formal en el juicio. Y, por tanto, que la compensación es un derecho del menor según las disposiciones del Código Penal, destinadas a reparar los daños y perjuicios causados.
Confirmación de la indemnización por ciberacoso
El Tribunal Supremo, al confirmar la indemnización por ciberacoso, enfatizó que debe prevalecer el interés superior del menor como principio constitucional y canon de motivación de las resoluciones judiciales. Asegurando, de este modo, que los derechos fundamentales del menor sean protegidos y su beneficio mayor sea considerado en todas las decisiones judiciales relacionadas.
abr. 15, 2024 | Actualitat Prime
Absuelto de siete años y seis meses de prisión por tráfico de drogas tras determinar que la entrada y registro realizado por la Policía Nacional no contaba con debida autorización judicial
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha absuelto a un hombre condenado previamente a siete años y seis meses de prisión por tráfico de drogas, tras determinar que la entrada y registro realizados por la Policía Nacional en su propiedad no contaban con la debida autorización judicial. La droga incautada, que incluía 180,63 gramos de anfetamina y 2,89 gramos de MDMA, fue valorada en aproximadamente 13.872 euros y 21.078 euros en dosis para la anfetamina, y 306 euros en dosis para el MDMA.
La decisión del TSJN revoca una sentencia anterior de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. Esta había encontrado al acusado culpable de poseer sustancias estupefacientes con la intención de distribuirlas. Según la Audiencia, el acusado almacenaba las drogas en su cochera junto con equipo para facilitar su distribución. Poseía una envasadora al vacío y básculas de precisión, y había realizado anotaciones de ventas a distintas personas.
Entrada y registro sin la debida autorización
Sin embargo, el Tribunal Superior cuestionó la legalidad del procedimiento policial durante la operación. El día del incidente, los oficiales de la Policía Nacional, actuando bajo sospechas previas de involucramiento del acusado en tráfico de drogas, intentaron acceder a la propiedad sin una orden judicial. Asimismo, el acusado trató de impedir su entrada, lo que llevó a un forcejeo que resultó en un registro no autorizado de la propiedad.
Fallo del Tribunal Supremo | Autorización judicial previa, salvo en circunstancias de flagrancia o urgencia
El TSJN enfatizó que la entrada y registro de un lugar cerrado, incluso si no es un domicilio, generalmente requiere autorización judicial previa. Salvo en circunstancias de flagrancia o urgencia, las cuales no estaban presentes en este caso. La sala destacó la importancia de la proporcionalidad entre la injerencia en los derechos fundamentales del individuo y el interés jurídico perseguido. Concluyendo que la evidencia obtenida de manera ilegal no podría ser utilizada para sustentar una condena.
La sentencia del TSJN es recurrible, permitiendo la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
abr. 15, 2024 | Actualitat Prime
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado una condena de siete años y medio de prisión a once individuos. Incluyendo un guardia civil y dos policías nacionales, por su implicación en un esquema de tráfico de drogas que introdujo en España 367 kilogramos de cocaína proveniente de Colombia. Asimismo, la sentencia también establece que cada uno de los implicados deberá pagar una multa de 45 millones de euros.
Cooperación judicial entre las autoridades españolas y colombianas
Este caso se originó a partir de una operación de vigilancia y cooperación judicial entre las autoridades españolas y colombianas. La investigación comenzó cuando la Fiscalía Nacional de Colombia identificó un posible envío de cocaína a España. Este hallazgo activó los protocolos de cooperación internacional. Llevando a la Fiscalía Especial Antidroga de la Audiencia Nacional a autorizar una operación de entrega vigilada del contenedor sospechoso, que fue declarado como cargamento legal de piñas.
El contenedor llegó al puerto de Málaga el 7 de septiembre de 2022 y, tras una inspección inicial que no reveló nada inusual, fue trasladado a una nave industrial donde investigaciones más detalladas descubrieron la cocaína oculta en el suelo del contenedor. La operación culminó con la detención de los once acusados cuando intentaban mover el contenedor hacia un lugar seguro para extraer la droga.
Siete años y medio de prisión para los acusados | sofisticación y premeditación de la operación
En el juicio, la Audiencia destacó la sofisticación y premeditación de la operación. Subrayando que los acusados no solo eran conscientes de sus acciones, sino que cada uno tenía asignado un rol específico que contribuía al éxito de la operación ilícita. Las tareas asignadas incluían la vigilancia del transporte del contenedor, la recepción de la carga y su custodia posterior.
La participación de miembros de las fuerzas de seguridad en la operación fue particularmente agravante. Cada uno de los implicados utilizó sus habilidades y conocimientos profesionales para facilitar el tráfico de drogas.